Informe de archivo sobre investigación en el mercado de producción y distribución de barras de acero para hormigón o rebar, 31-05-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 906223509

Informe de archivo sobre investigación en el mercado de producción y distribución de barras de acero para hormigón o rebar, 31-05-2022

Fecha31 Mayo 2022
Fecha de publicación09 Junio 2022
Tipo de AsuntoAcuerdos colusorios
1
ANT.:
Investigación Reservada Rol N°
2469-17 FNE.
MAT.: Informe de archivo.
Santiago, 31 de mayo de 2022
A : FISCAL NACIONAL ECONÓMICO
DE : JEFE DIVISIÓN ANTI-CARTELES
Por medio del presente, informo al señor Fiscal acerca de la Investigación del
Antecedente, recomendando su archivo, en virtud de las razones que se exponen a
continuación:
I. ANTECEDENTES
1. Con fecha 30 de octubre del año 2017, la Fiscalía Nacional Económica ( FNE o
Fiscalía ) recibió una denuncia ( Denuncia ) de parte de ( o
Denunciante ) por conductas anticompetitivas de aquellas sancionadas en el
artículo 3° del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004, del Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y
Sistematizado del Decreto Ley N° 211 ( DL 211 ), en el mercado la producción y
distribución de barras de acero para hormigón o rebar 1. La Denuncia venía
acompañada de un informe económico elaborado por los economistas Salvador
Valdés Prieto y P&B Consultorías S.A.2 Informe o Informe económico ).
2. En síntesis, la Denuncia y el Informe se refieren a una supuesta anomalía en el
mercado, consistente en la existencia de un periodo de sobreprecios entre los años
2012 y 2013, el cual habría significado que el precio doméstico se situara entre un
15% y 17% por sobre el precio de paridad de importación. En ese contexto, se
señala que en dicho período las empresas nacionales Compañía Siderúrgica
CAP Acero CAP y Gerdau Aza S.A.3 Gerdau AZA
habrían contado con poder de mercado para afectar conjuntamente los precios en
1
construcción o barra de acero.
2 Salvador Valdés y
P&B Consultorías S.A. 30 de octubre de 2017.
3 Ge rdau Aza S.A. perteneció el grupo Gerdau Brasil hasta el año 2018, luego fue adquirida por capitales
2
el corto plazo. Adicionalmente, la Denuncia menciona que la importadora Francisco
Petricio S.A. ( Petricio ) habría restringido su suministro por debajo de las
cantidades que le habrían sido convenientes desde un punto de vista unilateral, lo
que daría cuenta de su participación en una eventual concertación4.
3. Durante el examen de admisibilidad de la Denuncia, se aportaron una serie de
documentos que darían cuenta que, en distintas fechas entre los años 2008 y 2014,
CAP y Gerdau habrían enviado cartas informando a sus distribuidores incrementos
de precio del rebar en porcentajes similares o iguales, coincidiendo en algunas
ocasiones en la fecha de las cartas y/o en la época de entrada en vigencia de estas
alzas5.
4. Con fecha 16 de marzo de 2018, se dictó la resolución que ordenó instruir
investigación reservada en el mercado de la producción, importación, distribución y
comercialización de barras de acero para hormigón en el territorio nacional
Investigación .
5. Durante la Investigación, esta Fiscalía además recabó y tuvo acceso a antecedentes
que involucrarían a CAP y Gerdau, y a la Corporación Instituto Chileno del Acero (el
ICHA Investigadas en una posible concertación
para excluir competidores. En particular, las Investigadas habrían desarrollado una
serie de eventuales actuaciones conjuntas tendientes a excluir a la empresa
que hacia el año 2016
había intentado entrar al mercado del rebar como importador de partidas del
producto provenientes desde China6. Dichas actuaciones habrían resultado en
supuestas DICTUC
objeto de que, en lo sucesivo, no certificara las es pecies que habría importado
6. Durante el curso de la Investigación, se realizaron numerosas diligencias. Entre
ellas, se solicitaron diversos antecedentes, y se citó a prestar declaración, a diversos
actores del mercado, a la Denunciante, a los profesionales que redactaron el
4 Otras anomalías mencionadas en el Informe económico son: (1) La aus encia de importaciones desde China
entre los años 2012 y 2015, a pesar de que el precio de paridad desde ese origen fue sustancialmente menor
al precio de referencia mundial (Turquía); (2) La negativa de venta de servicios de los lab oratorios nacionales
autorizados para certificar cuando el producto procedía de China; y, (3) Reticencia de Petricio para aumen tar la
oferta en la zona central del país. Véase In forme económico, pág. 63 y siguientes.
5
6 Lo que se explicará con mayor detalle en el acápite III.C.

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