Informe de archivo sobre denuncia de particular contra mercado de liquidadores de seguro y de compañías de seguros en Chile, 27-01-2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 873416424

Informe de archivo sobre denuncia de particular contra mercado de liquidadores de seguro y de compañías de seguros en Chile, 27-01-2012

Fecha27 Enero 2012
Fecha de publicación04 Septiembre 2012
Tipo de AsuntoAcuerdos colusorios
ANT.: Denuncia de un particular por
posibles prácticas anticompetitivas
en el mercado de liquidadores y
empresas de seguros en Chile Rol
2047-12 FNE.
MAT.: Minuta de Archivo.
Santiago,
FISCAL NACIONAL ECONÓMICO
JEFE DIVISIÓN INVESTIGACIONES
0 + sEP 2012
A
DE
1.
Esta División informa al Sr. Fiscal acerca de la admisibilidad de la
denuncia del Antecedente, recomendando archivarla, en virtud de los argumentos
que se exponen a continuación:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 27 de enero de 2012 se recibió en esta Fiscalía la denuncia de
un particular sobre posibles prácticas anticompetitivas en el mercado de
liquidadores y las compañías de seguros en Chile, con ocasión de los
siniestros producidos por elterremoto del 27 defebrero de 2010.
Específicamente, el denunciante señala que la Asociación de Aseguradores
de Chile (en adelante,'AAH") en conjunto con no más de 10 Liquidadores
Oficiales de Segurosl, habrian cometido a su juicio, los ilícitos de colusión,
fraude, estafa, asociación ilícita y confabulación para defraudar, en el
contexto de la liquidación de los siniestros habitacionales del referido
terremotoz.
Dichos ilícitos denunciados se manifestarían básicamente, por dos
circunstancias específicas: de una parte, el hecho que el 93% de los
'[']
2 De conformidad a la denuncia p. 2 y 6.
2.
4.
Agustinas 853, Piso 2
Santiago de Chile
Tel [56 2] 753 5600
Fax [56 2] 753 5607
www.fne.gob.cl
5.
4. Dichos ilícitos denunciados se manifestarían básicamente, por dos
circunstancias específicas: de una parte, el hecho que el 93% de los
siniestros de viviendas producto del terremoto de 27 de febrero de 2010
fueron liquidados por no más de 10 liquidadores oficiales de seguros en
circunstancias de haber, entonces, cerca de 190 liquidadores inscritos en los
registros oficiales de la Superintendencia de Valores y Seguros (en adelante,
simplemente "SVS"), de otra parte, el hecho de ser "materialmente
imposible"3 llevar a cabo la liquidación de alrededor 190.000 siniestros de
conformidad al procedimiento de liquidación y los plazos estipulados por la
legislación que la regula.
II. REGULACION
La materia objeto de la denuncia se encuentra regulada por la siguiente
normativa:
. El DFL N'251 de 1931 (en adelante, "la ley de seguros"), en particular
los artículos 61 y ss.
. El DS N" 863 de 1989 que establece el Reglamento de los Auxiliares del
Comercio de Seguros (en adelante "el Reglamento").
. El Código de Comercio, Libro Vlll del Seguro en General y de los
Seguros Terrestres en Particular (artículos 512 y ss.).
. El DL N" 3.538 que crea la Superintendencia de Valores y Seguros (en
adelante, indistintamente, "ley de la SVS").
. Los Oficios Circulares de la SVS, N' 591 que imparte instrucciones
relativas a la liquidación de seguros que indica y N" 609 sobre plazos de
emisión de informes de liquidación de seguros que indica. Estas
circulares modifican sustancialmente el proceso de liquidación de los
siniestros del terremoto del27 de febrero de 20104.
'lbíd. D. L
a Regulación específica de parte de la SVS para el proceso de l¡qu¡dac¡ón y pago de los siniestros
producto del terremoto de febrero de 2010. Sobre el resto de la regulación especifica, ver nota 32
2
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