INDUSTRIAS TEXTILES JOSÉ ANANÍAS SOCIEDAD ANÓNIMA 81.415.800-4 - 1 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 878705565

INDUSTRIAS TEXTILES JOSÉ ANANÍAS SOCIEDAD ANÓNIMA 81.415.800-4

Fecha de publicación01 Diciembre 2021
Número de registroCVE-2050090
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.117
CVE 2050090 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.117 | Miércoles 1 de Diciembre de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2050090
EXTRACTO
GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, abogado, Notario Público Suplente de la
Titular VALERIA RONCHERA FLORES, a cargo de la 10ª Notaría de Santiago, con oficio en
calle Agustinas N°1235, segundo piso, certifico: que por escritura pública de fecha 17 de
noviembre de 2021, otorgada ante la Notario Titular Valeria Ronchera Flores, se redujo a
escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad
“INDUSTRIAS TEXTILES JOSÉ ANANÍAS SOCIEDAD ANÓNIMA”, celebrada con fecha
29 de octubre de 2021, sociedad inscrita a fojas 2.481 N°1.221 del Registro de Comercio del
Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 1967, en la que acordó modificar la sociedad
transformándola en una sociedad por acciones, conforme a los Estatutos siguientes: El nombre o
razón social será “INDUSTRIAS TEXTILES JOSÉ ANANÍAS SpA” pudiendo usar como
nombre de fantasía “INDUSTRIAS TEXTILES SpA”. Domicilio: ciudad de Santiago. Duración:
será Indefinida. Objeto Social: La fabricación, elaboración, importación, la compra, venta y
distribución de tejidos, hilados y artículos similares y cualquier producto manufacturado
derivado de la industria textil; instalar y adquirir establecimientos e industrias destinadas a la
fabricación, elaboración y distribución de materias primas, productos textiles o artículos
derivados de dichos productos; comprar, vender y arrendar bienes inmuebles, muebles, acciones,
bonos y otros valores, y en general, realizar por cuenta propia y ajena todos los negocios y
operaciones comerciales o industriales y asimismo toda otra actividad directa o indirectamente
relacionadas con el objeto señalado u otra que acuerden los socios, sin necesidad que este
acuerdo conste por escrito. Capital y Acciones: $250.000.000, dividido en 250.000 acciones
nominativas, sin valor nominal, que se suscribe y paga de la siguiente manera: a) Don Giovanne
Andrés Ananías Bellini suscribe 56.500, a razón de $1.000 por acción, lo que da un total de
$56.500.000, que han ingresado en dinero efectivo a la sociedad con anterioridad a esta fecha. b)
Don Francisco José Ananías Bellini, suscribe 57.500 acciones, a razón de $1.000 por acción, lo
que da un total de $57.500.000, que han ingresado en dinero efectivo a la sociedad con
anterioridad a esta fecha. C) Doña Soraya Ananías Bellini suscribe 54.500 acciones, a razón de
$1.000 por acción, lo que da un total de $54.500.000 que han ingresado en dinero efectivo a la
sociedad con anterioridad a esta fecha. D) Doña Jania Karina Ananías Bellini suscribe 56.500
acciones, a razón de $1.000 por acción, lo que da un total de $56.500.000 que han ingresado en
dinero efectivo a la sociedad con anterioridad a esta fecha. E) Don Francisco José Ananías
Bellini, en representación de la sociedad “Importadora San Giovanni S.A.” suscribe 25.000
acciones, a razón de $1.000 por acción, lo que da un total de $25.000.000 que han ingresado en
dinero efectivo a la sociedad con anterioridad a esta fecha. Así las cosas, el capital social se
encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha. Según artículo
SÉPTIMO permanente: La Administración: La sociedad será administrada y representada por un
Gerente General designado por los accionistas, quienes podrán designar además otros
representantes, confiriendo al efecto las correspondientes facultades. Sin perjuicio de lo anterior,
en este acto, se designa como administradores a los señores Francisco José Ananías Bellini y a
don Giovanne Andrés Ananías Bellini, y en tal calidad, actuando separada e indistintamente uno
cualquiera de ellos, la obligarán con las más amplias facultades en toda clase de actos y
contratos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de noviembre de 2021.-

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