Decreto 1 EXENTO - AUTORIZA A VEHICULO QUE INDICA PARA CIRCULAR EN DIAS SABADO, DOMINGO Y FESTIVOS, EXIMIENDOLO DE LA OBLIGACION DE LLEVAR DISCO FISCAL - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243857978

Decreto 1 EXENTO - AUTORIZA A VEHICULO QUE INDICA PARA CIRCULAR EN DIAS SABADO, DOMINGO Y FESTIVOS, EXIMIENDOLO DE LA OBLIGACION DE LLEVAR DISCO FISCAL

EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA A VEHICULO QUE INDICA PARA CIRCULAR EN DIAS SABADO, DOMINGO Y FESTIVOS, EXIMIENDOLO DE LA OBLIGACION DE LLEVAR DISCO FISCAL

Santiago, 13 de enero de 2000.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 1 exento.- Visto: Lo dispuesto en el D.L. Nº 799 de 1979, modificado por la ley Nº 18.267 de 1983 y por el DFL Nº 12-2.345 de 1979, de Interior; el DS Nº 654, de 1994, del Ministerio del Interior; las instrucciones impartidas por la Contraloría General de la República en el Of. circular Nº 3.593, de 1995, sobre uso y circulación de vehículos estatales; el DS exento Nº 3 (V. y U.), de 1998; el Ord. Nº 5.024, del 20.12.99, del Director Serviu X Región; y,

Teniendo Presente: Que la gestión del Director del Serviu X Región, a requerimiento de la Intendencia, se prolonga más allá del término de la jornada ordinaria de trabajo, incluidos sábado, domingo y festivos; como asimismo que en razón a las labores permanentes de fiscalización y control que debe desempeñar, es necesario que el vehículo asignado a dicho Serviu, que se singulariza, pueda circular sin las restricciones y desprovisto del disco distintivo a que se refieren los artículos 1º y 3º del DL Nº 799 de 1974,

D e c r e t o:

  1. - Autorízase la circulación en días sábado en la tarde, domingo y festivos del vehículo que a continuación se indica, y exímesele de la obligación de llevar pintado el disco fiscal a que se refiere el artículo 3º del DL Nº 799 de 1974.

    Serviu X Región

    Tipo de Vehículo : Camioneta

    Marca...

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