Incorpora en el artículo 456 bis del Código Penal la circunstancia agravante que consiste en perpetrar delitos de robo o hurto en un establecimiento público de educación o salud. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914501007

Incorpora en el artículo 456 bis del Código Penal la circunstancia agravante que consiste en perpetrar delitos de robo o hurto en un establecimiento público de educación o salud.

Fecha30 Mayo 2013
Número de Iniciativa8967-07
Fecha de registro30 Mayo 2013
EtapaArchivado
Autor de la iniciativaMuñoz Aburto, Pedro, Walker Prieto, Patricio
MateriaCIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, CÓDIGO PENAL, ESTABLECIMIENTOS DE SALUD, ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES, HURTO, ROBO
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Moción

Boletín N° 8.967-07


Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señores Muñoz Aburto y Walker, don Patricio, que incorpora en el artículo 456 bis del Código Penal la circunstancia agravante que consiste en perpetrar los delitos de robo o hurto en un establecimiento público de educación o salud.


Vistos.


Lo dispuesto en los artículos , , 19° y 63° de la Constitución Política de la República y en el Código Penal.


Considerando.


  1. Que nuestra legislación castiga los delitos contra la propiedad a través de diversas figuras, siendo las principales el hurto y el robo. Éstas se distinguen atendida la circunstancia de existir en la última fuerza en las cosas o violencia o intimidación en las personas.


  1. Que en el caso de los robos con fuerza, se distingue, a efectos de determinar la pena aplicable, entre aquéllos cometidos en lugar habitado o no, siendo evidentemente más graves los que afectan las residencias producto del mayor riesgo de que se ocasionen lesiones a las personas.


  1. Que, del mismo modo, las agravantes contribuyen a incrementar la pena atendida la concurrencia de ciertos hechos que aumentan el peligro o la dañosidad de las conductas.


  1. Que en el último tiempo se ha hecho más reiterada la comisión de delitos contra la propiedad en lugares, como establecimientos públicos de salud y educación, en que antes era infrecuente.


  1. Que lo anterior se explica tanto en la incorporación de mayor tecnología en estos recintos lo que los hace más atractivos, cuanto en la escasez de vigilancia y normas de seguridad que les caracteriza, lo que los vuelve fácil blanco de los delincuentes.


  1. Que la sustracción de bienes que tienen por objeto la atención de necesidades de la propia comunidad, como computadores, materiales de educación e instrumental y equipamiento de salud, representa una agresión a sus propios beneficiarios, que quedan transitoriamente privados de atención, al tiempo que obligan...

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