Incertidumbres de los sostenedores - 11 de Agosto de 2015 - El Mercurio - Noticias - VLEX 579937198

Incertidumbres de los sostenedores

Aunque el ministerio tiene la idea de que la reforma a la educación escolar se aplica con "gigantesca" gradualidad, los sostenedores de colegios particulares subvencionados insisten en la dificultad de tomar decisiones sin contar con toda la información pertinente, mucha de la cuál solo estará disponible cuando se conozcan todos los reglamentos que clarifican los múltiples cambios introducidos por la ley que puso fin al lucro, la selección y el copago.

Adicionalmente, varias de las materias a reglamentar están estrechamente interrelacionadas agudizando la postergación de definiciones relevantes para los colegios y sus comunidades educativas.

Por ejemplo, los sostenedores que actualmente cobran financiamiento compartido deben decidir antes del 30 de agosto si para el año académico 2016 van a optar por ser gratuitos. El incentivo que otorga la ley para estos efectos es que el próximo año recibirían un aporte por gratuidad de casi 5 mil 600 pesos por alumno y que llegaría en 2018 a cerca de 10 mil pesos, lo que en no pocos casos puede ser muy cercano al monto de su copago. Adicionalmente, si optan por el régimen de gratuidad, también se pueden ver beneficiados con la extensión de la subvención escolar preferencial -originalmente diseñada para favorecer a escolares vulnerables- a alumnos preferentes (la llamada subvención de clase media), que podría allegar nuevos recursos. Sin embargo, mientras no se dicte el reglamento que define con precisión qué alumnos pueden ser beneficiarios de esa nueva subvención, un establecimiento no puede proyectar cómo cambiarían sus ingresos en caso de optar por la gratuidad, en especial aquellos con un copago de nivel intermedio.

Por otra parte, la ley estableció que los colegios que tuvieran 400 alumnos o menos en 2014 podían mantener los arriendos que tuviesen en ese momento por un período de seis años una vez transformados en fundación o corporación, incluso si ellos estaban contratados con personas relacionadas, entre otras flexibilidades. Sin embargo, si por dos años estos establecimientos presentan una matrícula superior a los 400 estudiantes, se verían obligados a someterse al régimen general, que resultaría mucho más restrictivo. Es obvio que si optan por la gratuidad, el interés por acceder a estos colegios podría aumentar y pueden sufrir no pocas presiones para aceptar más alumnos. Hay que recordar que...

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