Impuesto a la riqueza recaudará 0,48% y animales lucrativos deberán valorizarse
La reforma propone un impuesto a la riqueza, al cual quedan sujetas las personas naturales con domicilio o residencia en Chile, por su patrimonio, tanto en Chile como en el extranjero.El diseño considera un esquema de tramos, que parte en US$ 4,9 - US$ 14,7 millones, que tendrá una tasa de 1%. El segundo umbral estará sobre los US$ 14,7 millones, con una tasa de 1,8%. Al ser tipos marginales, el patrimonio por los primeros US$ 5 millones quedará exento.El proyecto pone como ejemplo que si una persona posee un patrimonio de US$ 6 millones, deberá pagar un impuesto a la riqueza de 1% solo por un millón de dólares, impuesto que equivaldría a diez mil dólares. Además, otros impuestos patrimoniales, como el impuesto territorial, la sobre tasa de impuesto territorial, y el tributo al diferimiento de impuestos personales, podrá utilizarse como crédito contra este impuesto, evitando la doble tributación.También estarán obligados a presentar la declaración de su patrimonio, aun cuando no queden sujetas al impuesto, aquellas personas cuyos patrimonios superen el equivalente en pesos chilenos a 4.000 UTA ($2.795 millones o US$ 2,9 millones).Para la valorización de los activos y posterior tributación con este impuesto, los bienes inmuebles ubicados en Chile se valorizarán considerando el avalúo fiscal utilizado para efectos del pago del impuesto territorial, correspondiente al segundo semestre del año comercial respectivo.Igualmente, los vehículos terrestres, marítimos o aéreos serán considerados según el valor de tasación, al...
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