Impuesto a la herencia podrá deducirse del gravamen a ganancias de más de 8 mil UF - 27 de Junio de 2015 - El Mercurio - Noticias - VLEX 575945954

Impuesto a la herencia podrá deducirse del gravamen a ganancias de más de 8 mil UF

El subsecretario de la cartera, Alejandro Micco, respondió a "El Mercurio" una serie de consultas sobre temas que están en el debate público y han generado, incluso, versiones disímiles al interior de la industria inmobiliaria, especialmente en lo relacionado con la puesta en marcha del Impuesto al Valor Agregado a la venta de viviendas.

En este sentido, la autoridad precisó que las promesas de compraventa de una vivienda celebradas antes del 1 de enero del próximo año no cancelarán IVA, aunque la venta definitiva se realice en 2016, 2017 o posteriormente.

Micco, asimismo, abordó las implicancias de la medida que a partir del 1 de enero de 2017 generará que las personas naturales que vendan un bien raíz, adquirido de 2004 en adelante, tributen si sus ganancias superan ocho mil Unidades de Fomento (UF), cerca de $200 millones actualmente.

Respecto de este gravamen -que cargaría el 10% de la utilidad obtenida-, el subsecretario dijo que existe un beneficio adicional para quienes vendan una propiedad heredada, pudiendo deducir el impuesto a la herencia del eventual gravamen generado en la comercialización de ese tipo de bienes.

En Hacienda indicaron que el Servicio de Impuestos Internos llevará el registro de las utilidades que vayan acumulando las personas a lo largo de la vida, por concepto de la enajenación de propiedades.

Herederos tendrán beneficio adicional por enajenacionesOtro de los temas que han generado preocupación en el mercado está relacionado a cómo operará el pago de impuesto a las ganancias sobre ocho mil Unidades de Fomento (UF) en el caso de la venta de bienes raíces heredados y que ya cancelaron el impuesto a la herencia.

El subsecretario de Hacienda, Alejandro Micco, sostuvo que los herederos de propiedades que logren beneficios sobre dicho monto sí pagarán el gravamen a las ganancias.

"Sin embargo, en este caso, la propia ley establece un beneficio adicional, ya que el vendedor podrá deducir en contra del eventual impuesto generado en la venta de este tipo de bienes, el impuesto de herencia pagado proporcionalmente por el bien heredado", explicó.

Según comentaron expertos en materia tributaria, el impuesto de herencia tiene reglas propias y la tasa va desde 0% a 25%, dependiendo del valor de todo lo heredado.

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