IMPORTADORA J & R LIMITADA 76.136.762-5* - 2 de Noviembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 913587537

IMPORTADORA J & R LIMITADA 76.136.762-5*

Fecha de publicación02 Noviembre 2022
Número de registroCVE-2210642
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.390
CVE 2210642 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.390 | Miércoles 2 de Noviembre de 2022 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2210642
EXTRACTO
FELIX JARA CADOT, 41ª Notaría, Huérfanos 1160/ subsuelo, Santiago, certifica: por
escritura pública, hoy ante mí, JUAN CHRISTIAN ESPINOZA JIMENEZ, ADRIÁN ENRIQUE
MUÑOZ ROJAS, y JOSÉ RENÉ SILVA HERRERA, todos Mapocho número cuatro mil ciento
treinta y siete de la comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana. Por escritura pública de
fecha cuatro de febrero del año dos mil once, otorgada en la Notaria de doña Margaret de
Lourdes Anza Aguilar, Notario Público Suplente del Titular Sergio Carmona Barrales, JUAN
CHRISTIAN ESPINOZA JIMENEZ y ADRIÁN ENRIQUE MUÑOZ ROJAS, constituyeron
"IMPORTADORA J & R LIMITADA", cuyo extracto se inscribió a fojas 8.972, número 6.809
del Registro de Comercio del CBR de Santiago del año 2011, que fue publicado en el Diario
Oficial el veintiséis de febrero del año 2011. De acuerdo a las estipulaciones de la escritura
pública antes individualizada los actuales socios son JUAN CHRISTIAN ESPINOZA
JIMENEZ, con un 50% de derechos sociales y ADRIÁN ENRIQUE MUÑOZ ROJAS, con un
50% de derechos sociales, constituyendo ambos el cien por ciento del total de los derechos
sociales. Cesión de derechos. Por el presente instrumento don JUAN CHRISTIAN ESPINOZA
JIMENEZ, cede y transfiere, el dieciséis coma sesenta seis seis seis por ciento de los derechos
sociales de que es titular, y don ADRIÁN ENRIQUE MUÑOZ ROJAS, cede y transfiere el
dieciséis coma sesenta y seis seis seis por ciento de los derechos sociales de que es titular a don
JOSÉ RENÉ SILVA HERRERA, ya individualizado, quién compra, adquiere y acepta para si,
estos derechos sociales, el precio de la cesión es la suma única y total de $2.500.000, que se
pagan en este acto de contado y en dinero efectivo, a los cedentes, de la siguiente forma: a) Don
Juan Christian Espinoza Jiménez, recibe la suma única y total de $1.250.000, declarando haberlo
recibido a su entera satisfacción y conformidad. b) Don Adrián Enrique Muñoz Rojas, recibe la
suma única y total de $1.250.000, declarando haberlo recibido a su entera satisfacción y
conformidad. Con lo anterior, los socios de la sociedad IMPORTADORA J & R LIMITADA,
serán don JUAN CHRISTIAN ESPINOZA JIMENEZ, con un treinta y tres coma tres tres tres
por ciento del total de los derechos sociales, don ADRIÁN ENRIQUE MUÑOZ ROJAS, con un
treinta y tres coma tres tres tres por ciento del total de los derechos sociales y don JOSÉ RENÉ
SILVA HERRERA, con un treinta y tres coma tres tres tres por ciento del total de los derechos
sociales. Se modifica la sociedad en los siguientes términos: Se modifica artículo TERCERO del
pacto originario de constitución social, en el sentido que la administración, representación
judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social, será ejercida por don JUAN CHRISTIAN
ESPINOZA JIMENEZ, don ADRIÁN ENRIQUE MUÑOZ ROJAS y don JOSÉ RENÉ SILVA
HERRERA, en forma conjunta, con amplias facultades de administración y disposición.
Transformación. Por el presente instrumento los comparecientes vienen en transformar la
sociedad comercial de responsabilidad limitada "IMPORTADORA J & R LIMITADA", en una
sociedad por acciones. NOMBRE: IMPORTADORA J & R SpA, nombre de fantasía "J & R
SpA". DOMICILIO: calle Mapocho número cuatro mil ciento treinta y siete de la comuna de
Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezcan en el
resto del país. DURACION: La sociedad comenzará a regir como Sociedad por Acciones desde
este acto, y su duración será de tres años renovables por periodos iguales y sucesivos. OBJETO:
El objeto de la sociedad es la importación de productos, artículos e insumos relacionados con
vehículos y maquinarias motorizados; importación, comercialización, distribución, y
compraventa al por mayor y al detalle, y transporte en vehículos propios o ajenos de materias
primas y de todos los productos, la adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles e
inmuebles, derechos, privilegios, patentes de invención y marcas comerciales; el uso de las
licencias que le sean permitidas directa o indirectamente relacionadas con el rubro indicado y
tomar representaciones de todas las marcas relacionadas con el rubro; comerciar y distribuir, por
cuenta propia o de terceros, todo tipo de materias primas, aparatos equipos, instrumentos y
maquinaria y herramientas, vehículos y otros elementos afines necesarios para cumplir con el

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