IMPORTADORA, EXPORTADORA, COMERCIALIZADORA, DISTRIBUIDORA Y COMISIONISTA LA ESTACION LIMITADA - 4 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 862160965

IMPORTADORA, EXPORTADORA, COMERCIALIZADORA, DISTRIBUIDORA Y COMISIONISTA LA ESTACION LIMITADA

Fecha de publicación04 Marzo 2021
Número de registroCVE-1905429
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.896
CVE 1905429 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.896 | Jueves 4 de Marzo de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1905429
EXTRACTO
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público, 27ª Notaría Santiago, calle
Orrego Luco N°0153 comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifica: Por escritura
pública de fecha 01 de Marzo de 2021, Repertorio Nº3822-2021, ante mí: doña ALBA DEL
ROCIO NOVILLO MUÑOZ, domiciliada en Avenida Cristóbal Colon N°5185. Dpto. 23,
comuna de Las Condes y don CRISTIAN MATIAS OTTONE LAPOSTOL, domiciliado en
Camino a Farellones N° 15.177, comuna de Las Condes, vienen en constituir sociedad comercial
de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: “IMPORTADORA,
EXPORTADORA, COMERCIALIZADORA, DISTRIBUIDORA Y COMISIONISTA “LA
ESTACION LIMITADA”, pudiendo usar nombre de fantasía “La Estación Ltda.”, que la
obligará misma manera que razón social. Objeto: a) Explotación agrícola, agroindustrial, forestal,
ganadera, avícola de predios rústicos por cuenta propia o ajena, transformación,
comercialización, exportación e importación de los productos de dicha explotación. b)
Comercialización mediante compra, venta, comisión o en otras formas de todo tipo de productos
agrícolas, frutícolas y pecuarios, semillas, plantas, fertilizantes, herbicidas, pesticidas y otros
insumos para la actividad agrícola, vitivinícola y agropecuaria. c) Comercialización y
distribución de equipos, maquinarias, vehículos, tractores, herramientas y demás implementos de
la actividad agrícola, sea mediante la compra y venta o la representación de otras empresas,
fabricantes o distribuidores. d) Importación y exportación por cuenta propia o de terceros de los
productos y especies señalados en los tres párrafos precedentes. e) Prestar servicios de depósitos,
almacenamientos, secado, frío y otros servicios a productores agrícolas o de otro tipo. f) Producir
directamente o en asociación con terceros, semillas y plantas para la agricultura, fruticultura,
vinicultura o silvicultura. g) Promover o realizar directamente o en asociación con terceros
agroindustrias de cualquier naturaleza, incluyendo procesadoras, packing, frigoríficos,
envasadoras, bodegas vitivinícolas y, en general de productos del agro. h) Estarán comprendidas
en el objeto social todos los actos, contratos y negocios que sirvan o complementen el
objeto.-Administración: La Administración, representación y uso razón social corresponderá a
doña ALBA DEL ROCIO NOVILLO MUÑOZ y a don CRISTIAN MATIAS OTTONE
LAPOSTOL, conjunta, separada e indistintamente con las facultades que se indican en escritura.
Capital: El capital social es la cantidad de $8.000.000, que los socios aportan y pagan en las
siguientes proporciones: a) doña Alba del Rocío Novillo Muños, la cantidad de $4.000.000, que
corresponde al 50 % del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto; y, b)
don Cristián Matías Ottone Lapostol, la cantidad de $4.000.000, que corresponde al 50 % del
capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto. De esta forma, el capital
social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja
social. Duración: 2 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá
prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de 2 años cada uno, salvo que alguno de
los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, dos meses de anticipación al
vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la
inscripción social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás
estipulaciones en escritura extractada. En Santiago, a 02 de Marzo de 2021.

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