If. n° 814-2022, auditoría al proceso de ejecución de contratos de prestación de servicios de transporte terrestre para envíos postales en correos de chile. - Doctrina Administrativa - VLEX 953721574

If. n° 814-2022, auditoría al proceso de ejecución de contratos de prestación de servicios de transporte terrestre para envíos postales en correos de chile.

Fecha12 Octubre 2023
Número de informe814/2022
EmisorDepartamento de Medio Ambiente, Obras Públicas y Empresas

OBJETIVO

Efectuar una auditoría al proceso de ejecución de los contratos de prestación de servicios de transporte terrestre para la distribución de envíos postales en la Región Metropolitana, bajo las modalidades de pago por envío y por efectividad , llevado a cabo por la Empresa de Correos de Chile, en adelante e indistintamente Correos de Chile, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.

Lo anterior, con el objeto de comprobar que las transacciones se hayan ajustado a las disposiciones legales y reglamentarias, se encuentren debidamente respaldadas, registradas y acreditadas. Además, verificando la veracidad, fidelidad de las cuentas y autenticidad de la documentación de respaldo.

CONCLUSIONES

• La Empresa de Correos de Chile para llevar a cabo el proceso logístico de paquetería ha celebrado contratos de prestación de servicios de transporte con distintos operadores o transportistas, con el objeto principal de trasladar paquetes y entregarlos al usuario final o destinatario. En ese sentido, se verificó que, para aquellos contratos sujetos a la modalidad de pago del tipo “chofer + peoneta”, la empresa pagó un monto total de $1.431.359.225, por el período comprendido entre los meses de junio a octubre de 2021, sin que se haya acreditado que los servicios se prestaron con la tripulación completa, según lo exigido en los convenios de la empresa con los respectivos proveedores.

Lo expuesto, no se aviene con los principios de control, eficiencia y eficacia que debe observar Correos de Chile, y con el resguardo de los recursos públicos involucrados en la prestación del servicio, según lo previsto en los artículos 3°, 5° y 11 de la ley

N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

En ese contexto, considerando la materialidad de los montos involucrados y la falta de control observada, el Directorio de la Empresa de Correos de Chile, atendida sus facultades de administración, deberá instruir el inicio de una investigación, con el fin de determinar las eventuales responsabilidades comprometidas en el asunto descrito, debiendo remitir el acto que dé cuenta de su inicio, a la Unidad de Seguimiento de Fiscalía, en el plazo de 15 días hábiles, contado desde la recepción de este informe final.

Asimismo, la entidad deberá proporcionar los antecedentes que den cuenta del fortalecimiento del proceso de control de asistencia diaria de los móviles con sus tripulantes y su implementación, en el plazo de...

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