If. n° 334-2023, auditoría a la implementación del plan adaptación al cambio climático del sector turismo. - Doctrina Administrativa - VLEX 950257278

If. n° 334-2023, auditoría a la implementación del plan adaptación al cambio climático del sector turismo.

Fecha16 Agosto 2023
Número de informe334/2023
EmisorDepartamento de Medio Ambiente, Obras Públicas y Empresas

OBJETIVO

La auditoría tuvo por objetivo verificar la implementación del Plan de Adaptación al Cambio Climático del Sector Turismo, por parte de la Subsecretaría de Turismo y el Servicio Nacional de Turismo, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2022.

Lo anterior, tendrá por finalidad examinar la implementación y seguimiento eficaz, oportuno y coordinado de las medidas que son de responsabilidad de dichas entidades, así como los controles dispuestos para que se cumpla con dicha implementación. De igual manera, se busca verificar que los recursos recibidos y destinados por el Servicio Nacional de Turismo para el cumplimiento de estas medidas se encuentren justificados, acreditados, respaldados y registrados en la contabilidad.

CONCLUSIONES

• Se advirtió que la Subsecretaría de Turismo - entidad responsable de reportar el estado de avance del Plan de Adaptación al Cambio Climático, PACC, del Sector Turismo-, no cuenta con procedimientos, lineamientos y/o directrices, para controlar la implementación y seguimiento que debe realizar a corto y mediano plazo con la finalidad de evaluar la implementación de todas las medidas, acciones y metas establecidas en el denominado plan, ni con una estructura para realizar el seguimiento del mismo de forma permanente, lo que no armoniza con los numerales 43, 44 y 45 de la resolución exenta N° 1.485, de 1996, de este origen, que Aprueba Normas de Control Interno de esta Entidad de Control, vigente en ese momento.

Por tanto, la Subsecretaría deberá elaborar, formalizar y difundir al interior de su organización, un procedimiento y/o instructivo que incluya la definición de los mecanismos que utilizará para realizar el control y seguimiento del estado de avance de las medidas del plan. Además, deberá remitir el programa de trabajo comprometido en su respuesta, para abordar la implementación de las medidas que son de su responsabilidad e informar de la herramienta definida para realizar el seguimiento interno y consolidar los resultados de dicho instrumento, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe.

• En cuanto a las medidas del PACC del Sector Turismo implementadas parcialmente que aún cuentan con plazo vigente de ejecución, se constató que la Subsecretaría de Turismo no avanzó en la difusión del programa de eficiencia energética y energías renovables desarrollado por el Ministerio de Energía en las mesas técnicas regionales, según lo establecido...

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