If. n° 166-2020 auditoria al proyecto de inversión parque eólico cabo negro y al servicio helicópteros enap
Fecha | 30 Julio 2021 |
Número de informe | 166/2020 |
Emisor | Departamento de Medio Ambiente, Obras Públicas y Empresas |
OBJETIVO
La auditoría tuvo por objeto revisar el proyecto de inversión denominado Parque Eólico Cabo Negro, ubicado en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, en la Empresa Nacional del Petróleo, ENAP, ejecutado entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2019.
Lo anterior, con la finalidad de verificar que los procesos de licitación I contratación y ejecución de los contratos suscritos por ENAP, en el marco del mencionado proyecto, se hayan ajustado la normativa aplicable y que lo desembolsos materializados correspondan a los previstos para
su concreción y se encuentren debidamente respaldados y registrados en la contabilidad, en el período señalado.
Por otra parte, la presente auditoría también abordó una revisión a los controles que aplica ENAP al servicio de helicópteros prestado por la empresa Ecocopter S.A en la misma región.
Lo anterior, con la finalidad de verificar que los procesos de licitación I contratación y ejecución de los contratos suscritos por ENAP, en el marco del mencionado proyecto, se hayan ajustado la normativa aplicable y que lo desembolsos materializados correspondan a los previstos para
su concreción y se encuentren debidamente respaldados y registrados en la contabilidad, en el período señalado.
Por otra parte, la presente auditoría también abordó una revisión a los controles que aplica ENAP al servicio de helicópteros prestado por la empresa Ecocopter S.A en la misma región.
CONCLUSIONES
ENAP y la empresa Pecket Energy S.A. mediante escritura pública, con fecha 17de agosto de 2018, constituyeron la sociedad por acciones "Vientos Patagónicos SpA", cuyo objeto es el diseño, desarrollo, construcción, financiamiento, prueba, explotación, operación y mantenimiento del proyecto de generación de energía eléctrica eólica denominado “Nuevo Parque Eólico Cabo Negro", cuya participación asciende a un 66% y 34%, respectivamente, designándose luego a dichas entidades en calidad de socio administrador y operador, en ese orden.
Sobre el particular, se verificaron modificaciones presupuestarias por el retraso en la construcción de la línea de transmisión 23 KV que debía ejecutar Pecket Energy_S.A. por mandato de la Comisión Nacional de Energía, advirtiéndose un aumento del costo del proyecto que superó en USD 2.967.360, al valor inicial estimado, considerando además una compensación a Vientos Patagónicos SpA por parte de Pecket Energy S.A, de acuerdo a la propuesta que le habría enviado la entidad auditada el 19 de marzo de 2020 la cual se encontraba pendiente de aprobación.
En ese contexto, cabe señalar que mediante el acta de la sesión ordinaria Nº 1.193, de 25 de febrero de 2020, del Directorio de ENAP, se deja constancia, en lo pertinente, que "Pecket Energy S.A. (como dueño de la línea de 23 kv) compensará por los mayores costos que esta sociedad deberá asumir producto del retraso de la línea", agregando ese documento que "Pecket Energy tiene derecho a incorporar los extra-costos de la construcción de la línea de 23 kv a su tarifa final".
A causa de lo anterior, se observaron eventuales...
Sobre el particular, se verificaron modificaciones presupuestarias por el retraso en la construcción de la línea de transmisión 23 KV que debía ejecutar Pecket Energy_S.A. por mandato de la Comisión Nacional de Energía, advirtiéndose un aumento del costo del proyecto que superó en USD 2.967.360, al valor inicial estimado, considerando además una compensación a Vientos Patagónicos SpA por parte de Pecket Energy S.A, de acuerdo a la propuesta que le habría enviado la entidad auditada el 19 de marzo de 2020 la cual se encontraba pendiente de aprobación.
En ese contexto, cabe señalar que mediante el acta de la sesión ordinaria Nº 1.193, de 25 de febrero de 2020, del Directorio de ENAP, se deja constancia, en lo pertinente, que "Pecket Energy S.A. (como dueño de la línea de 23 kv) compensará por los mayores costos que esta sociedad deberá asumir producto del retraso de la línea", agregando ese documento que "Pecket Energy tiene derecho a incorporar los extra-costos de la construcción de la línea de 23 kv a su tarifa final".
A causa de lo anterior, se observaron eventuales...
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