Resolucion núm. 4110 EXENTA, el 30 de Junio de 2012. ESTABLECE CALENDARIZACIÓN DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DOCENTE PARA EL AÑO 2012 E IDENTIFICA COMUNAS Y NIVELES QUE SERÁN EVALUADOS DURANTE EL PRESENTE AÑO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469203894

Resolucion núm. 4110 EXENTA, el 30 de Junio de 2012. ESTABLECE CALENDARIZACIÓN DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DOCENTE PARA EL AÑO 2012 E IDENTIFICA COMUNAS Y NIVELES QUE SERÁN EVALUADOS DURANTE EL PRESENTE AÑO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

ESTABLECE CALENDARIZACIÓN DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DOCENTE PARA EL AÑO 2012 E IDENTIFICA COMUNAS Y NIVELES QUE SERÁN EVALUADOS DURANTE EL PRESENTE AÑO

Núm. 4.110 exenta.- Santiago, 25 de junio de 2012.- Considerando:

Que, el artículo 70 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 19.070, establece un sistema de evaluación de los profesionales de la educación que se desempeñen en funciones de docencia de aula, de carácter formativo, orientado a mejorar su labor pedagógica y promover su desarrollo profesional continuo.

Que, la ley Nº 19.961 estableció las normas que regulan la evaluación de dichos profesionales de la educación, modificando y complementando el artículo 70 señalado.

Que, el decreto supremo de Educación Nº 192, del 30 de agosto de 2004, que aprueba el Reglamento sobre Evaluación Docente, establece que corresponde al Ministerio de Educación, a través del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas, realizar la coordinación técnica para la adecuada aplicación de los procesos de evaluación y fijar su calendarización a más tardar el 30 de junio de cada año.

Que, considerando la disponibilidad presupuestaria establecida por la ley 20.557, de Presupuestos para el Sector Público para el año 2012, es necesario identificar las comunas, los sectores y niveles que serán evaluados durante el presente año.

Que, por lo anterior es necesario dictar el acto administrativo correspondiente, y

Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.956, que reestructuró el Ministerio de Educación; la ley 20.557 de Presupuestos para el Sector Público para el año 2012; la ley 19.933, que otorga un mejoramiento especial a los profesionales de la Educación; las leyes Nºs 19.961 y 19.997, sobre evaluación docente; el DFL Nº 1, de Educación, de 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 19.070; el decreto supremo de Educación Nº 192, del 30 de agosto de 2004, que aprueba el Reglamento sobre Evaluación Docente, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, demás antecedentes tenidos a la vista, y

Resuelvo:

Artículo primero

Fíjase en el marco del proceso de evaluación del desempeño profesional docente para el año 2012, la calendarización de etapas y actividades que a continuación se indican:

  1. Distribución y entrega de portafolios a los...

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