Ibacache Bernal Ángelo Marcelo - Aguirre Toledo Rodrigo Alexis y otra - 3 de Mayo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 868053476

Ibacache Bernal Ángelo Marcelo - Aguirre Toledo Rodrigo Alexis y otra

Fecha de publicación03 Mayo 2021
Número de registroCVE-1931521
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta42.944
CVE 1931521 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 42.944 | Lunes 3 de Mayo de 2021 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 1931521
NOTIFICACIÓN
Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, en causa RIT O-2250-2019, RUC
19-4-0240181-0, se ordenó notificar por aviso a las demandadas RODRIGO ALEXIS AGUIRRE
TOLEDO, RUN 17.315.932-3 y ALUMINIOS Y VIDRIOS DAVALUM, RUT 76.418.404-1, en
conformidad a lo dispuesto en el artículo 439 del Código del Trabajo, de la demanda y su
proveído presentada conforme al procedimiento ordinario laboral deducida con fecha 30 de
diciembre de 2019, por don ANGELO MARCELO IBACACHE BERNAL, RUT 14.394.045-4,
el que demanda por DEMANDA DE NULIDAD DEL DESPIDO, DESPIDO CARENTE DE
CAUSA LEGAL, COBRO DE PRESTACIONES LABORALES Y PREVISIONALES Y
DECLARACIÓN DE SUBTERFUGIO, a razón de lo siguiente: Remuneraciones que se
devenguen desde la separación, esto es, desde el día 29 de noviembre de 2019 hasta la fecha en
que el empleador convalide el despido, a razón de $520.000 pesos.- Cotizaciones previsionales y
de seguros de accidente del trabajo adeudadas del período trabajado.- $520.000 pesos por
concepto de indemnización sustitutiva por falta de aviso previo.- $48.484 pesos por concepto de
horas trabajadas en exceso de la jornada laboral.- Feriado proporcional por la suma de $91.000
pesos.- Reajustes e intereses legales que correspondan.- Las costas del juicio. Con fecha 09 de
enero de 2020, el tribunal resuelve: A lo principal: Téngase por interpuesta demanda en
procedimiento de aplicación general y demanda conjunta. Traslado. Cítese a las partes a
audiencia preparatoria para el día 27 de febrero de 2020, a las 09:00 horas. En esta audiencia las
partes deberán concurrir con patrocinio de abogado habilitado para el ejercicio de la profesión y
señalar todos los medios de prueba que pretendan hacer valer en la audiencia de juicio, como así
también requerir las diligencias de prueba atinentes a sus alegaciones, a fin de examinar su
admisibilidad. En caso de presentar prueba documental, ésta deberá ofrecerse y exhibirse en la
referida audiencia preparatoria. Con fecha 15 de enero de 2020, el Centro Integrado de
Notificaciones, informa notificación fallida de los demandados. Con fecha 16 de enero de 2020,
el tribunal resuelve: Atendido el mérito de autos, y lo informado por el Centro Integrado de
Notificaciones Judiciales de Valparaíso, déjese sin efecto la audiencia programada en los
antecedentes. Con fecha 03 de marzo de 2020, la parte demandante solicita se oficie a las
entidades pertinentes para que informen posibles domicilios de los demandados. Con fecha 04 de
marzo de 2020, el tribunal resuelve: Requiérase a Tesorería y Servicio de Impuestos Internos,
informe respecto del domicilio de la demandada, conforme figura en sus registros. Ofíciese a las
demás instituciones, en los términos solicitados. Con fecha 28 de diciembre de 2020, la parte
demandante señala como posible domicilio del demandado RODRIGO ALEXIS AGUIRRE
TOLEDO, el de LORD COCHRANE #30, DPTO 803, COMUNA SANTIAGO, CIUDAD DE
SANTIAGO, REGION METROPOLITANA. Con fecha 29 de 2020, el tribunal resuelve:
Inténtese la notificación de la demanda, su proveído y la presente resolución al demandado
RODRIGO ALEXIS AGUIRRE TOLEDO, personalmente o en conformidad a lo dispuesto en el
artículo 437 del Código del Trabajo, en el domicilio de LORD COCHRANE #30, DPTO 803,
COMUNA SANTIAGO, CIUDAD DE SANTIAGO, REGION METROPOLITANA, por
exhorto al Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, previa distribución, o en aquel que el
ministro de fe constate fehacientemente en el curso de la diligencia. Inténtese la notificación de
la demanda, su proveído y la presente resolución al demandado ALUMINIOS Y VIDRIOS
DAVALUM, personalmente o en conformidad a lo dispuesto en el artículo 437 del Código del
Trabajo, en el domicilio de CAMINO CALERA DE TANGO PARADERO 9 1/2 B6,
CONDOMINIO ALTO BODE, COMUNA CALERA DE TANGO, REGION
METROPOLITANA, por exhorto al Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, o en aquel
que el ministro de fe constate fehacientemente en el curso de la diligencia. Con fecha 05 de enero
de 2021, el tribunal exhortado, 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, informa
notificación fallida del demandado. Con fecha 04 de febrero de 2021, el tribunal exhortado,
Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, informa notificación fallida del demandado. Con

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR