Humanchumo - Plaza Vespucio S.A. - 1 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852432632

Humanchumo - Plaza Vespucio S.A.

Fecha de publicación01 Octubre 2020
Número de registroCVE-1820415
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta42.769
CVE 1820415 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 42.769 | Jueves 1 de Octubre de 2020 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 1820415
NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, San Martín 950 piso 7, en
causa RIT: C-2781-2020; RUC: 18-4-0124237-2, caratulada “HUAMANCHUMO CON PLAZA
VESPUCIO S.A” y con fecha dieciséis de septiembre de dos mil veinte, se ha ordenado notificar
a las demandadas de autos, INGENIERIA Y CONSTRUCCION FARFAN SPA RUT
77.561.950-3, representada por don JULIO FARFAN VILLEGAS, RUT 8.873.164-6, y
LAMANA INGENIERIA SPA RUT 76.444.615-1, representada por don IGNACIO LAMANA
GAETE, RUT 8.538.524-0, la presente resolución, conjuntamente con la liquidación del crédito
de fecha 14 de septiembre de 2020. Requerimiento de Pago: “Santiago, dieciséis de septiembre
de dos mil veinte. Requiérase solidariamente a don JULIO FARFAN VILLEGAS, en
representación de INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN FARFAN SPA, a don IGNACIO
LAMANA GAETE, en representación de LAMANA INGENIERÍA SPA, y a don FERNANDO
DE PEÑA IVER, en representación de PLAZA VESPUCIO S.A. para que dentro del plazo de
cinco días establecido en el artículo 466 del Código del Trabajo, paguen a don HECTOR
WILLIAM HUAMANCHUMO DÍAZ, o a quién sus derechos represente, la suma de
$27.149.748.- (veintisiete millones ciento cuarenta y nueve mil setecientos cuarenta y ocho
pesos), a don JOHN FLORES MENDOZA, o a quién sus derechos represente, la suma de
$28.172.518.- (veintiocho millones ciento setenta y dos mil quinientos dieciocho pesos), y a doña
IGNARELIS DÍAZ ARMAS, o a quién sus derechos represente, la suma de $30.512.396.-
(treinta millones quinientos doce mil trescientos noventa y seis pesos), todo más reajustes,
intereses y costas. La liquidación del crédito deberá notificarse por Carta certificada a las partes,
la que se tendrá por aprobada si en el plazo de cinco días no fuere objetada en los términos que
dispone el artículo 469 del Código del Trabajo. Asimismo, junto con la liquidación se notificará
el requerimiento al demandado, quién tendrá el plazo de cinco días para oponer las excepciones
de conformidad a lo previsto en el artículo 470 del Código del Trabajo. En virtud de los
principios de celeridad y de oficialidad, consagrados en el artículo 425 del Código del Trabajo,
en relación al artículo 465 del mismo cuerpo legal, se decretan las siguientes diligencias: 1)
Ofíciese a la Tesorería General de la República para los efectos de proceder a la retención a que
se refiere el artículo 467 del Código del Trabajo, hasta por la suma de $85.834.662 (ochenta y
cinco millones ochocientos treinta y cuatro mil seiscientos sesenta y dos pesos). 2) A través de la
vía que se encuentra autorizada para el efecto, el funcionario habilitado del tribunal, deberá
obtener e incorporar a la presente causa la información que se registre en la Comisión para el
Mercado Financiero, relativa a las entidades bancarias y financieras en que mantenga acreencias
la demandada INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN FARFAN SPA RUT 77.561.950-3,
LAMANA INGENIERÍA SPA RUT 76.444.615-1 y PLAZA VESPUCIO S.A. RUT
96.538.230-5. 3) Asimismo, a través de la vía que se encuentra autorizada para el efecto, el
funcionario habilitado del tribunal, deberá obtener e incorporar a la presente causa información
que se registre en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e
Identificación, relativa a inscripción de vehículos a nombre de la demandada INGENIERÍA Y
CONSTRUCCIÓN FARFAN SPA RUT 77.561.950-3, LAMANA INGENIERÍA SPA RUT
76.444.615-1 y PLAZA VESPUCIO S.A. RUT 96.538.230-5. Sin perjuicio de lo resuelto,
conforme al mérito del proceso declarativo y verificándose los presupuestos previstos en el
Artículo 439 del Código del Trabajo, se ordena notificar a las ejecutadas INGENIERÍA Y
CONSTRUCCION FARFAN SPA RUT 77.561.950-3 y LAMANA INGENIERIA SPA RUT
76.444.615-1, representadas legal y respectivamente por don JULIO FARFAN VILLEGAS y por
don IGNACIO LAMANA GAETE, la presente resolución y la liquidación del crédito
conjuntamente, mediante publicación de un aviso en el Diario Oficial, y de acuerdo a un extracto
que redacte el ministro de fe del Tribunal. RIT: C-2781-2020 RUC: 18-4-0124237-2 Proveyó
don(a) Clemente Winn Vergara, Juez Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de
Santiago. En Santiago a dieciséis de septiembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR