Decisión nº C338-17, de Consejo de Transparencia de 23 de Mayo de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 687238901

Decisión nº C338-17, de Consejo de Transparencia de 23 de Mayo de 2017

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2017
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMunicipalidades, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C338-17

Entidad pública: Municipalidad de Carahue.

Requirente: Hugo Bravo.

Ingreso Consejo: 27.01.2017.

En sesión ordinaria N° 800 del Consejo Directivo, celebrada el 23 de mayo de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo rol C338-17.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 12 de diciembre de 2016, don Hugo Bravo, solicitó a la Municipalidad de Carahue -en adelante e indistintamente Municipio o Municipalidad, la siguiente información:

"Solicito la siguiente información respecto al ballet municipal BAFCA:

a) Presupuesto anual asignado desde el año 2009 al 2016;

b) Detalle de egresos por mes (sueldos, compras, etc.);

c) Detalle de proveedores: detalle de la compra que figura en el respectivo decreto de pago, monto de cada compra por proveedor;

d) Detalle financiamiento giras al extranjero realizadas por el ballet (giras a Europa, China y México), costo total de la gira más el desglose del aporte municipal, el aporte de otra institución del estado si existiera, etc.

e) Listado con primer nombre y primer apellido de cada integrante de la delegación en gira, función en la gira (bailarín, músico, tramoya, fotógrafo, etc.), comuna de residencia".

2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: El 27 de enero de 2017, el solicitante dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del referido Órgano de la Adminstracion del Estado, fundado en no haber recibido respuesta a su solicitud.

3) SISTEMA ANTICIPADO DE RESOLUCION DE CONTROVERSIAS (SARC): Esta Corporación determinó aplicar el Sistema Anticipado de Resolución de Controversias (SARC), comunicado al órgano de lo anterior, el día 13 de febrero de 2017, por medio de correo electrónico.

Posteriormente, mediante correo electrónico de fecha 01 de marzo del año en curso, el órgano adjuntó respuesta enviada al requirente mediante ordinario N° 0207, de fecha 28 de febrero de 2017, en la cual señaló en síntesis, lo siguiente:

a) Respecto a lo requerido en las letras a) y b), cabe señalar que BAFCA, no cuenta con presupuesto municipal asignado. Los gastos son efectuados con presupuesto Programas Culturales.

b) En cuanto a lo pedido en la letra c), el detalle de todas las compras y licitaciones se encuentran publicados en la página de transparencia municipal: www.mercadopublico.cl/Portal/Modules/Site/Busquedas/ResultadoBusqueda.aspx?qs=1&IdEmpresa=lnPUVswFJv0%3d

www.portaltransparencia.cl/PortalPdT/pdtta/-/ta/MU028/CA/OC/4250994

c) Sobre lo pedido en la letra d), se informa lo siguiente:

i. Gira Europa año 2012: 28 personas (músicos y bailarines)

Aporte del festival: 14.000 euros (traslados)

Aporte integrantes: 10.500.000 (estadía completa aporte organización del festival)

ii. Gira China año 2014:

Gobierno regional de la Araucanía (traslados)

Con aporte total del gobierno regional de la Araucanía.

Visas y seguros con aportes de integrantes $3.000.000 (estadía completa a costo del festival)

iii...

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