Decreto núm. 163, publicado el 11 de Marzo de 2011. MODIFICA HORARIO DE VERANO ESTABLECIDO EN LOS DECRETOS N°s 1.489, DE 1970, Y 1.142, DE 1980, AMBOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469451242

Decreto núm. 163, publicado el 11 de Marzo de 2011. MODIFICA HORARIO DE VERANO ESTABLECIDO EN LOS DECRETOS N°s 1.489, DE 1970, Y 1.142, DE 1980, AMBOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

MODIFICA HORARIO DE VERANO ESTABLECIDO EN LOS DECRETOS N°s 1.489, DE 1970, Y 1.142, DE 1980, AMBOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

Núm. 163.- Santiago, 3 de marzo de 2011.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6, de la Constitución Política de la República; en el artículo 1º, de la ley Nº 20.502; en los decretos supremos Nºs 1.489, de 1970, y 1.142, de 1980, ambos del Ministerio del Interior; en el Informe evacuado por el Ministerio de Energía, de febrero de 2011, y lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que las desfavorables proyecciones en las condiciones hidrográficas y la condición actual del fenómeno de La Niña, que presenta enfriamientos en la cuenca del Pacífico Ecuatorial de entre 1 y 2 °C respecto de su condición normal para la época, correspondiendo al tercero más intenso desde el año 1950, conlleva un efecto en Chile de déficit de precipitaciones de entre 15 y 47%.

  2. Que según las predicciones climáticas, el fenómeno de La Niña en el Pacífico Ecuatorial, permanecerá hasta el otoño de 2011.

  3. Que lo señalado en los considerandos anteriores hace necesario disminuir la demanda de energía eléctrica mediante un mejor aprovechamiento de la luz natural, y

  4. Que dicho factor, unido al informe elaborado por el Ministerio de Energía, del mes de febrero de 2011, determinan la conveniencia de atrasar el horario de verano ordenado por los decretos supremos Nºs 1.489, de 1970, y 1.142, de 1980, ambos del Ministerio del Interior, y sus respectivas modificaciones.

Decreto:

Artículo primero

Establécese que el adelanto de la hora oficial de Chile Continental dispuesto en el decreto supremo Nº1.489, de 1970, del Ministerio del Interior se extenderá...

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