Hipoteca revertida: chilenos podrían convertir su casa en una pensión sin proyecto de ley - 11 de Septiembre de 2016 - El Mercurio - Noticias - VLEX 648777769

Hipoteca revertida: chilenos podrían convertir su casa en una pensión sin proyecto de ley

arecía un negocio redondo. En 1965, el abogado francés André-François Raffray, de 47 años en ese momento, no dudó en firmar un contrato con la anciana Jeanne Calment, entonces de 90 años. En el acuerdo, él se comprometía a transferirle 2.500 francos mensuales de manera vitalicia, y a cambio de esa transferencia mensual, el abogado se quedaría con el antiguo departamento de la nonagenaria francesa cuando ella muriera. Mientras tanto, ella podría seguir viviendo en el departamento.

Era un acuerdo aparentemente favorable para el abogado. Pero no. Calment vivió 122 años, es decir, 32 años tras la firma de aquel acuerdo, y terminó recibiendo en este período más de un millón de francos, casi el doble del avalúo de su departamento. Raffray, en cambio, murió antes que ella y su viuda tuvo que seguir pagándole a la anciana, hasta 1997.

Esta historia de un acuerdo entre privados refleja las dificultades para estimar con precisión la esperanza de vida de las personas, y cómo este factor es uno de los riesgos asociados a un mecanismo para mejorar las pensiones que, en la década del setenta, fue bautizado como hipoteca revertida.

En lo medular, se trata de un sistema en que una persona vende su propiedad a una entidad -financiera o de otro tipo- a cambio de una pensión mensual, pero manteniendo además el uso del bien hasta el fallecimiento. Y solo después de eso, la entidad financiera puede disponer del bien raíz.

¿Es viable para Chile este sistema institucionalizado en el Reino Unido? En el contexto en que en Chile ya se plantearon ideas de mejora de pensiones vinculadas a la tenencia de una casa -algo que incluso ya se implementó en Perú, permitiendo el retiro de fondos previsionales para comprar una propiedad-, expertos estiman que la hipoteca revertida sería un mejor mecanismo. Porque al menos existiría mayor control en que los recursos no se gastarían en otros fines, como en consumo. Pero explican que dicho sistema no está exento de dificultades y que solo sería aplicable en ciertos casos.

De partida, destacan que un mecanismo así debiera operar como algo voluntario y complementario al sistema de capitalización individual vigente.

Además, debe ser para los cónyuges, de modo de resguardar el derecho del viudo o viuda a permanecer en la propiedad, dice el ex director de Impuestos Internos, hoy asesor de empresas, Francisco Fernández, inscrito en el registro de directores para las AFPs. Su propuesta apunta a que este mecanismo se incluya dentro de la...

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