Causa nº 2402/2000 (Casación). Resolución nº 13536 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 27 de Agosto de 2001 - Jurisprudencia - VLEX 32104288

Causa nº 2402/2000 (Casación). Resolución nº 13536 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 27 de Agosto de 2001

Fecha de Resolución27 de Agosto de 2001
Movimientoacoge
Rol de Ingreso2402/2000
EmisorSala Tercera (Constitucional)

Santiago, veintisiete de agosto del año dos mil uno.

Vistos:

En estos autos Rol Nº2.402-00, ?Hilandería Industrial Ltda.? dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, confirmatoria de la de primer grado, del juez tributario de la misma ciudad, que no hizo lugar al reclamo deducido, confirmando el acta de denuncia Nº 14-2 de 31 de mayo de 1996, denuncia formulada por infracción al artículo 97 Nº4 del Código Tributario, consistente en el aumento indebido del Crédito Fiscal, soportado en facturas falsas o no autorizadas por el Servicio de Impuestos Internos, con un perjuicio a la fecha indicada, de $4.227.646.

Se trajeron los autos en relación.

Considerando:

Vistos y teniendo presente:

En cuanto al recurso de casación en la forma.

  1. ) Que el recurso de nulidad formal se funda en las causales de los números 5 y 9 del artículo 768, y el inciso 1º del numeral 6º, del artículo 170 del Código de Procedimiento Civil, consistentes, respectivamente en haber sido pronunciada la sentencia impugnada, con omisión de cualquiera de los requisitos enumerados en el último de los artículos mencionados y en haberse faltado a algún trámite o diligencia declarados esenciales por la ley o a cualquier otro requisito por cuyo defecto las leyes prevengan expresamente que hay nulidad.

    La primera causal se basa en omitir la decisión del asunto controvertido, y se alega al respecto que el fallo no se hizo ?cargo de las defensas planteadas por el apelante, constitutivas de los fundamentos de la apelación interpuesta en estos autos y el vicio se habría producido al dejarse sin resolver, sin pronunciarse ni tampoco adoptar decisión alguna sobre todas las alegaciones y excepciones interpuestas en el recurso de apelación, especialmente respecto de la prescripción de las acciones ejercidas por el Servicio de Impuestos Internos?;

  2. ) Que, por otro lado, el recurso señala que al omitirse por la sentencia declarar la nulidad de las actuaciones y resoluciones del Juez de primera instancia, por no haber éste cumplido con requisitos cuyo incumplimiento configura causales que la ley sanciona con la nulidad de las actuaciones ilegales, se concreta la causal de casación del número 9 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil;

  3. ) Que el artículo 768 inciso del Código de Procedimiento Civil, dispone que en los negocios a que se refiere el inciso 2º del artículo 766, sólo podrá fundarse el recurso de casación en la forma en alguna de las causales indicadas en los números 1º, 2º, 3º, 4º, 6º, 7º y 8º de este artículo, y también en el Nº5º cuando se haya omitido en la sentencia la decisión del asunto controvertido;

  4. ) Que, en relación al recurso de casación en la forma, el artículo 766 del mencionado cuerpo legal, refiriéndose a la naturaleza jurídica de las resoluciones en contra de las cuales procede el dicho recurso, indica en su inciso 2º que procederá, asimismo, respecto de las sentencias que se dicten en los juicios o reclamaciones regidos por leyes especiales, con excepción de aquellos asuntos que expresamente señala, entre las que no se encuentran las reclamaciones tributarias, cuyo es el caso de que se trata en estos autos;

  5. )...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR