Decisión nº C973-14, de Consejo de Transparencia de 28 de Mayo de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544598478

Decisión nº C973-14, de Consejo de Transparencia de 28 de Mayo de 2014

Fecha de Resolución28 de Mayo de 2014

DECISIÓN AMPARO ROL C973-14

Entidad pública: Departamento Provincial de Educación de Chiloé.

Requirente: Hernán Campusano Andrade.

Ingreso Consejo: 19.05.2014

En sesión ordinaria N° 524 de su Consejo Directivo, celebrada el 28 de mayo de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C973-14.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 07 de abril de 2014, don Hernán Campusano Andrade realizó una presentación al Departamento Provincial de Educación de Chiloé, a través de la cual solicitó la homologación de sus estudios equivalentes a los años de Enseñanza Media con su respectiva concentración de notas. Además, indicó que requiere lo anterior debido a que se extraviaron los documentos que lo acreditaban como egresado de la Enseñanza Media y el establecimiento educación ya no existe.

2) Que, con fecha 19 de mayo de 2014, don Hernán Campusano Andrade dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del Departamento Provincial de Educación de Chiloé, fundado en que no recibió respuesta a su solicitud.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 33, letra b), de la Ley de Transparencia, corresponde a este Consejo resolver...

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