Henríquez Camus Mariele Constanza y otro - 16 de Agosto de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 908733037

Henríquez Camus Mariele Constanza y otro

Fecha de publicación16 Agosto 2022
Número de registroCVE-2170291
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.328
CVE 2170291 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.328 | Martes 16 de Agosto de 2022 | Página 1 de 1
Publicaciones Judiciales
CVE 2170291
NOTIFICACIÓN
En causa RIT A-5-2022, del Tribunal de Familia de Calama, sobre susceptibilidad de
adopción en favor de la niña Juliana Zafiro Eliza Guerrero Henríquez, RUN 27.317.702-7,
nacida el 20 de julio de 2020, inscrita en la Circunscripción de Antofagasta, número de
inscripción 824, Registro S, del año 2020, se ha ordenado citar a audiencia preparatoria para el
día 7 de septiembre de 2022, a las 11:15 horas, la cual se realizará a través de la modalidad de
videoconferencia, Sala 2 virtual, debiendo ingresar a través del link
https://zoom.us/j/2923074365, al padre Fernando Alexis Guerrero Vásquez, RUN. 13.871.003-3,
a la madre Mariele Constanza Henríquez Camus, RUN. 16.128.304-5, al hermano Martín Franco
Gustavo Rojas Henríquez, RUN. 21.673.819-5, al abuelo paterno Galvarino Alejandro Guerrero
Celis, RUN. 7.709.423-7, a la abuela materna Verónica de Purísima Camus Escanilla, RUN.
5.071.777-1, a los tíos Patricia Alejandra Guerrero Vásquez, RUN. 13.420.558-K, Cristian
Roberto Guerrero Vásquez, RUN. 15.022.331-8, Milenka Cecilia Guerrero Vásquez, RUN.
15.811.930-7, Alejandro Francisco Guerrero Guardia, RUN. 20.544.412-2, María Lorena
Henríquez Camus, RUN. 9.798.389-5, y los demás ascendientes y parientes consanguíneos de la
niña referida, hasta el tercer grado en línea colateral, de conformidad a lo dispuesto en el artículo
14 de la Ley 19.620, a fin de que concurran a exponer lo conveniente al interés de la niña bajo
apercibimiento de que si no concurren se presumirá su consentimiento favorable a la declaración
de que la niña es susceptible de ser adoptada.- Calama, 5 de agosto de 2022.- Fernando Pérez
Ulloa, Ministro de Fe.

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