Decisión nº C1372-14, de Consejo de Transparencia de 23 de Julio de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544598570

Decisión nº C1372-14, de Consejo de Transparencia de 23 de Julio de 2014

Fecha de Resolución23 de Julio de 2014
TipoDocumentos Oficiales
MateriaGestión de Personas
TemaEconomía y Finanzas

DECISIÓN AMPARO ROL C1372-14

Entidad pública: Banco del Estado de Chile.

Requirente: Héctor Iván Larenas Rodríguez.

Ingreso Consejo: 04.07.2014.

En sesión ordinaria N° 538 de su Consejo Directivo, celebrada el 23 de julio de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1372-14.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 24 de junio de 2014, don Héctor Iván Larenas Rodríguez habría realizado una presentación al Banco del Estado de Chile, en la cual, habría solicitado antecedentes relativos a investigación que sumaria que dio origen a su desvinculación de la institución.

2) Que, el 27 de junio de 2014, el reclamante habría recibido respuesta telefónica a su solicitud, donde se le habría señalado que no se podía entregar lo requerido, debido a que constituía información interna del Banco.

3) Que, el 4 de julio de 2014, don Héctor Iván Larenas Rodríguez dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra del Banco del Estado de Chile, fundado en que recibió respuesta negativa a su solicitud de información.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 33, letra b), de la Ley de Transparencia, corresponde a este Consejo resolver, fundadamente, los reclamos por denegación de acceso a la información que le sean formulados de conformidad con la Ley de Transparencia.

2) Que, atendido lo dispuesto en los artículos 24 y siguientes de la Ley de Transparencia y los...

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