HEALTHY NUTRITION STORE S.A. 76.423.512-6 - 16 de Mayo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 931378162

HEALTHY NUTRITION STORE S.A. 76.423.512-6

Fecha de publicación16 Mayo 2023
Número de registroCVE-2314833
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.552
CVE 2314833 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.552 | Martes 16 de Mayo de 2023 | Página 1 de 3
Empresas y Cooperativas
CVE 2314833
EXTRACTO
Pedro Hernán Álvarez Lorca, Notario Público de la Primera Notaria de Buin, Aníbal Pinto
269, local 5, comuna de Buin, certifico que hoy ante mí se redujo a escritura pública bajo el
repertorio 630-2023 “SESIÓN DE DIRECTORIO “HEALTHY NUTRITION STORE S.A.” por
el cual don Felipe Salazar Sandoval, don Mario Sandoval Vargas y don Silvio Leiva González en
su calidad de actuales directores de la sociedad, acordaron lo siguiente: I. Nombramiento de
Presidente. Se propone y acuerda por la unanimidad de los Directores que el cargo de Presidente
del Directorio sea asumido por don Mario Sandoval Vargas, quien acepta el cargo
comprometiéndose a desempeñarlo fielmente; II. Designación de Gerente General. Se propone y
acuerda por la unanimidad de los presentes designar a don Felipe Salazar Sandoval, CNI
Nº13.905.461-K, como Gerente General de la sociedad; III. Revocación de Poderes. El
Directorio por la unanimidad de los presentes acuerda revocar todos y cada uno de los poderes,
representaciones y designaciones de cualquier especie, conferidos, delegados y/o efectuados en
nombre de esta sociedad y que se hayan entregado con anterioridad, lo que producirá efectos a
contar de la fecha en que aquella acta fuera reducida a escritura pública; IV. Estructura de
poderes y facultades. El Directorio acordó, por unanimidad, establecer estructura de poderes para
el Gerente General de la sociedad, de modo que sea él quien otorgue o renueve poderes a otros
colaboradores, conforme a sus funciones y responsabilidades. Esta producirá efectos a contar de
la fecha en que el acta fuera reducida a escritura pública. De esta forma, el Gerente General
estará investido de las facultades que a continuación se enumeran, sin perjuicio de aquellas otras
que expresamente les sean conferidas o de que estén investidos de conformidad con la ley o con
los estatutos sociales: a) Representar a la Compañía en todos los juicios o gestiones judiciales
ante cualquier tribunal, ordinario, especial arbitral, administrativo o de cualquier otra clase, así
intervenga la Compañía como demandante, demandada o tercero de cualquier especie, pudiendo
ejercer toda clase de acciones, sean ellas ordinarias, ejecutivas, especiales, de jurisdicción no
contenciosa o de cualquier otra naturaleza. En el ejercicio de esta representación judicial, el
mandatario designado podrá actuar en nombre de la sociedad con todas las facultades ordinarias
y extraordinarias del mandato judicial en los términos previstos en los artículos 7 y 8 del Código
de Procedimiento Civil, pudiendo desistirse en primera instancia de la acción deducida, contestar
demandas, aceptar la demanda contraria, renunciar a los recursos y los términos legales, transigir,
comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios judiciales o
extrajudiciales, percibir, otorgar quitas o esperas; b) Representar a la sociedad ante toda clase de
autoridades políticas, administrativas, municipales, organismos o instituciones de derecho
público, fiscales o semifiscales, autoridades de orden tributario, previsional o laboral, o personas
de derecho privado, sean ellas naturales o jurídicas, incluyendo el Banco Central de Chile, el
Servicio de Impuestos Internos, la Tesorería General de la República, la Contraloría General de
la República, Municipalidades, Superintendencias, etc., con la facultad de presentar toda clase de
solicitudes, memoriales y demás documentos que sean menester y desistirse de sus peticiones; c)
Retirar de las oficinas de correos, telégrafos, aduanas, empresas de transporte terrestre, marítimo,
aéreo, toda clase de correspondencia, incluso certificada, giros, reembolsos, cargas,
encomiendas, mercaderías, piezas postales, etcétera, consignadas o dirigidas a la sociedad; firmar
la correspondencia de la sociedad; d) Por cuenta propia o ajena, inscribir propiedad intelectual,
industrial, nombres, marcas comerciales, modelos industriales, deducir oposiciones o solicitar
nulidades, y en general, efectuar todas las tramitaciones y actuaciones que sean procedentes en
relación con esta materia; e) Establecer agencias, sucursales o establecimientos en cualquier
punto del país o en el extranjero; f) Celebrar contratos de promesa, otorgar los contratos
prometidos y exigir judicial o extrajudicialmente su cumplimiento, relativos a bienes muebles o
inmuebles, corporales o incorporales; g) Comprar, vender y permutar, y en general, adquirir y
enajenar a cualquier título toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales,
incluso valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures, efectos públicos o de comercio, y

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