Hacienda propone nuevo fondo soberano para financiar gastos derivados de desastres naturales - 22 de Agosto de 2022 - El Mercurio - Noticias - VLEX 909161053

Hacienda propone nuevo fondo soberano para financiar gastos derivados de desastres naturales

En el marco del fortalecimiento de la Regla Balance, el Ministerio de Hacienda presentó el viernes una serie de modificaciones a la Ley de Responsabilidad Fiscal N° 20.128.El proyecto de ley, que fue presentado en septiembre de 2021 por la administración anterior, está en segundo trámite legislativo en el Senado.Entre las indicaciones tendientes a fortalecer el marco regulatorio fiscal para elevar los estándares de la regla de balance estructural velando por la estabilidad y resguardando su credibilidad, se propone la creación de un nuevo fondo soberano. Se llamará Fondo de Desastres Naturales (Foden).La indicación propone cambios al artículo 10 bis y crea este fondo cuyo objetivo será financiar gastos e iniciativas fiscales para atender los efectos de uno o más desastres naturales, sin perjuicio de los recursos provenientes de otras fuentes que sean destinados al mismo fin (como reasignaciones, por ejemplo).Se considerará como desastre natural "todo evento causado por la naturaleza o los procesos naturales de la tierra, tales como eventos hidrológicos, meteorológicos, geofísicos, astronómicos, biológicos o antrópicos".Para efecto de su utilización deberá haberse decretado por el Presidente o Presidenta de la República, el Estado de Excepción Constitucional por Emergencia y/o Catástrofe en alguna de las zonas afectadas, según sea el caso.Conformación e incrementosEn cuanto a su constitución, se establece uno o más aportes con cargo a la venta de activos o excedentes estacionales de caja del Tesoro Público, o con cargo al Fondo de Estabilización Económica y Social, hasta completar US$ 1.000 millones. Estos deberán ser transferidos completamente, a más tardar, dentro de los 90 días corridos siguientes a la publicación de la ley.Se plantea un aporte equivalente al superávit efectivo luego de descontados los aportes que corresponda realizar al Fondo de Reserva de Pensiones, de conformidad con la presente ley, con un tope del 0,1% del PIB del año anterior. Esta inyección deberá quedar enterada durante el primer semestre de cada año, mediante una o más transferencias.También se generarán incrementos producto de la rentabilidad que genere la inversión de los recursos del Foden, y con los demás aportes que fije la...

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