H & A CONSULTORES LIMITADA - 11 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 922699209

H & A CONSULTORES LIMITADA

Fecha de publicación11 Febrero 2023
Número de registroCVE-2270771
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.475
CVE 2270771 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.475 | Sábado 11 de Febrero de 2023 | Página 1 de 3
Empresas y Cooperativas
CVE 2270771
EXTRACTO
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular, 21ª Notaría de
Santiago, domiciliada en Huérfanos 578, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 1
de febrero de 2023, repertorio Nº813/2023, ante mí, comparecen: don EDGAR ARTURO
HOFFMANN SALGADO, chileno, casado, Ingeniero en Prevención de Riesgos y Seguridad
Industrial, cedula nacional de identidad número diez millones trescientos cuarenta y tres mil
seiscientos sesenta y uno guión tres, domiciliado Alonso de Ercilla número mil ciento noventa y
cinco, comuna de la Florida, Región de la Metropolitana, don DANIEL FELIPE MARTÍNEZ
CORREA, chileno, casado, Ingeniero en Prevención de Riesgos, cedula nacional de identidad
número diez millones cuarenta y tres mil novecientos sesenta y ocho guión nueve, domiciliado
en Inés de Suárez número siete mil setecientos treinta y tres departamento mil cuatro, comuna de
La Florida, Región Metropolitana, los comparecientes constituyen una sociedad de
Responsabilidad Limitada, la que se regirá por las disposiciones de la ley número tres mil
novecientos y sus posteriores modificaciones y por las disposiciones del código civil y código de
comercio que versan sobre la materia en todo lo que no estuviere estipulado en este contrato.
RAZÓN SOCIAL: Será: “H & A CONSULTORES LIMITADA”, para todos los efectos legales
y sin restricción alguna. OBJETO SOCIAL: Asesoría, Capacitación, Auditorias, Inspecciones
Técnicas, Control y Gestión Integral en Prevención de Riesgos y Planes de Emergencia.
DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin embargo, la Sociedad
podrá establecer sucursales en otras ciudades, así como dentro del territorio nacional como en el
extranjero. CAPITAL SOCIAL: El capital social asciende a la suma de UN MILLÓN DE
PESOS, que se aporta y paga por los socios de la siguiente forma: Uno. El socio Edgar Arturo
Hoffmann Salgado, con la suma de novecientos cincuenta mil pesos, que entera y paga de la
siguiente forma: a) Con la suma de novecientos cincuenta mil pesos, en este acto en dinero
efectivo, valores que han ingresado a la caja social; Dos: El socio don Daniel Felipe Martínez
Correa, con la suma de cincuenta mil pesos, que entera y paga de la siguiente forma: a) Con la
suma de cincuenta mil pesos, en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja
social; En consecuencia quedan como únicos socios don Edgar Arturo Hoffmann Salgado, con el
noventa y cinco por ciento de los derechos sociales y don Daniel Felipe Martínez Correa, con el
cinco por ciento de los derechos sociales respectivamente, quienes se repartirán las ganancias o
pérdidas de acuerdo a sus respectivos aportes. REPRESENTACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y
USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La representación, administración y uso del nombre de la
Sociedad, corresponderá a don Edgar Arturo Hoffmann Salgado, quien actuara en representación
y a nombre de la Sociedad y anteponiendo el nombre de la Sociedad a su firma, podrá obligar a
la Sociedad en todos los actos y negocios que celebre por ella. Como tal, los administradores
tendrán las más amplias facultades administrativas y dispositivas inherentes al giro de la
Sociedad y sin que la enumeración sea taxativa ni limitativa sino meramente ejemplar podrá:
comprar, vender, permutar, dar y tomar en arrendamiento y administración bienes inmuebles y
muebles, posponer y cancelar hipotecas, prendas y toda clase de garantías y prohibiciones,
constituir a la Sociedad como fiadora y codeudora solidaria, para celebrar con Bancos,
Instituciones de Créditos, Sociedades Civiles y Comerciales y personas naturales y jurídicas
según fuere procedente, contrato de préstamos, mutuos, depósitos y mercantiles, de crédito, de
ahorro, especiales, y cuentas corrientes bancarias, girar y sobregirar en estas cuentas, depositar,
revalidar, cancelar, y protestar cheques, girar, aceptar, reaceptar, endosar en garantía y con o sin
restricciones, reconocer saldos, avalar, descontar, prorrogar y protestar letras de cambio,
libranzas y pagarés, vales y cualesquiera otros documentos bancarios y mercantiles, percibir de
cualquier institución las sumas, bonos o valores que correspondan a la sociedad provenientes de
cualquier clase de depósitos, valores hipotecarios reajustables o cualquier otro valor que exista o
existiere en el futuro, arrendar y administrar cajas de seguridad, firmar, endosar, cancelar, retirar
pólizas, manifiestos, conocimientos, y documentos de embarque; ejecutar actos de comercio

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