GW SERVICIOS SpA 76.989.298-2 - 18 de Enero de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875142178

GW SERVICIOS SpA 76.989.298-2

Fecha de publicación18 Enero 2020
Número de registroCVE-1713542
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.556
CVE 1713542 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.556 | Sábado 18 de Enero de 2020 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 1713542
EXTRACTO
MARIA JOSE BRAVO CRUZ, Abogada, Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER
DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, calle
Luis Thayer Ojeda N°359, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de
diciembre de 2019, ante mí, se redujeron conjuntamente a escritura pública las actas de las Juntas
Extraordinaria de Accionistas de “GW INVERSIONES SpA”, celebrada el día 10/12/2019, y
“GW SERVICIOS SpA”, celebrada el día 10/12/2019. A) En la Junta Extraordinaria de
Accionistas de “GW INVERSIONES SpA” se acordó: 1) /i/ Fusión por incorporación de “GW
INVERSIONES SpA” a “GW SERVICIOS SpA”, absorbiendo esta última a la primera,
adquiriendo todos sus activos, pasivos y sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones,
quedando “GW INVERSIONES SpA” legalmente disuelta, sin necesidad de efectuar su
liquidación. /ii/ Canje de acciones en relación de 0,5 acciones de la Sociedad Absorbente por
cada acción de la Sociedad Absorbida. 2) No procede el Derecho a Retiro por aprobarse por
unanimidad la fusión por incorporación de “GW INVERSIONES SpA” a “GW SERVICIOS
SpA” 3) Aprobación de los balances de “GW SERVICIOS SpA” Y “GW INVERSIONES SpA”,
ambos elaborados con fecha de octubre del presente año, que se encuentran extendidos y
firmados en la forma establecida en el Reglamento de Sociedad Anónimas. 4) Los activos y
pasivos de la Sociedad Absorbida se incorporarán a la Sociedad Absorbente en el valor libro de
los mismos según Balance de “GW INVERSIONES SpA” al 30 de noviembre de 2019. B) En la
Junta Extraordinaria de Accionistas de “GW SERVICIOS SpA” se acordó: 1) /i/Fusión por
incorporación de las sociedades “GW INVERSIONES SpA” y “GW SERVICIOS SpA”
absorbiendo esta última a la primera, la que en consecuencia se disuelve, mediante la
incorporación a “GW SERVICIOS SpA” de la totalidad de activos y pasivos de “GW
INVERSIONES SpA”. /ii/ Canje de acciones en relación de 0,5 acciones de la Sociedad
Absorbente por cada acción de la Sociedad Absorbida. /iii/ No procede del Derecho a Retiro por
aprobarse por unanimidad la fusión por incorporación de “GW INVERSIONES SpA” a “GW
SERVICIOS SpA” y /iv/ Cumplimento del artículo 69 del Código Tributario, “GW SERVICIOS
SpA” es la responsable solidariamente de todos los impuestos y obligaciones tributarias de
cualquier naturaleza. 2) Se tomó conocimiento del Balance y Estado Financiero de la Sociedad
Absorbida “GW INVERSIONES SpA”, octubre de 2019. 3) Aprobación del Balance de fusión
confeccionado sobre la base de los Balances de “GW SERVICIOS SpA” y “GW
INVERSIONES SpA”, ambos elaborados con fecha de octubre del presente año, que se
encuentran extendidos y firmados en la forma establecida en el Reglamento de Sociedades
Anónimas. 4) Modificación de estatutos: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma
de tres millones quinientos mil pesos, dividido en mil setecientas cincuenta ACCIONES
ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, que se suscribe y que se
paga en la forma en que señala el Artículo Primero Transitorio de estos Estatutos. Sin perjuicio
de lo anterior, en caso de aumentos de capital se podrán pagar en moneda de curso legal o bien
mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o
incorporales, incluyéndose créditos en contra de la misma sociedad. El plazo para enterar el
capital y sus aumentos será dentro de los treinta años siguientes contados desde la fecha de
suscripción de las acciones o del acuerdo respectivo según corresponda, en atención a lo
que prescribe el artículo dieciséis de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre
sociedades anónimas, so pena de tenerse no suscritas. Si las acciones no se pagaren
oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al
monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente
pagado gozarán de los mismos derechos que gozan las acciones totalmente pagadas, incluido lo
relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de
capital pagado”. “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad es de tres millones

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