Decreto núm. 3624, publicado el 20 de Febrero de 1996. CONCEDE PENSION, POR GRACIA, AL MENOR ALEJANDRO IGNACIO VALENZUELA GUZMAN Y AL HIJO POSTUMO DE SRA. MARIELA PAOLA GUZMAN DIAZ - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471178850

Decreto núm. 3624, publicado el 20 de Febrero de 1996. CONCEDE PENSION, POR GRACIA, AL MENOR ALEJANDRO IGNACIO VALENZUELA GUZMAN Y AL HIJO POSTUMO DE SRA. MARIELA PAOLA GUZMAN DIAZ

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto

CONCEDE PENSION, POR GRACIA, AL MENOR ALEJANDRO IGNACIO VALENZUELA GUZMAN Y AL HIJO POSTUMO DE SRA. MARIELA PAOLA GUZMAN DIAZ

Santiago, 31 de octubre de 1995.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 3.624.- Visto: Lo dispuesto en el Art. 32 N° 13, de la Constitución Política de la República de Chile, en la Ley N° 18.056, el Informe favorable emitido en reunión de fecha 28 de Septiembre de 1995, de la Comisión Especial, creada por Decreto Supremo N° 1.928, de 1981, de Interior, y

Considerando: Que el menor Alejandro Ignacio Valenzuela Guzmán y el hijo póstumo de la Sra. Mariela Paola Guzmán Díaz, se encuentran en la situación prevista en el Art. 6°, de la Ley N° 18.056, la que ha sido debidamente calificada y en uso de la facultad privativa que la disposición citada me confiere, D e c r e t o:

Artículo primero

Concédese, por Gracia, al menor Alejandro Ignacio Valenzuela Guzmán y al hijo póstumo de la Sra. Mariela Paola Guzmán Díaz, una pensión equivalente a un ingreso mínimo mensual, a cada uno de ellos, debiendo considerarse que el monto del ingreso mínimo para estos efectos, es aquel a que hace referencia el inciso 1° del artículo 5 de la Ley N° 18.647, que se emplea para fines no remuneracionales.

Artículo segundo

Las Pensiones de Gracia que se conceden a los menores, se pagarán hasta que éstos cumplan 18 ó 23 años de edad, siendo requisito indispensable para su cobro que al comienzo de cada año lectivo acrediten ser alumno regular de un plantel educacional.

Artículo tercero

Facúltase a doña Mariela Paola Guzmán Díaz, madre de los menores, para cobrar las pensiones en su representación hasta que los beneficiarios cumplan 18 años de edad.

El gasto que...

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