Decreto núm. 678, publicado el 04 de Agosto de 1992. PROMULGA EL ACUERDO CON GUATEMALA SOBRE EXENCION DEL REQUISITO DE VISA PARA LOS PORTADORES DE PASAPORTES DIPLOMATICOS, OFICIALES Y ESPECIALES O CONSULARES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
PROMULGA EL ACUERDO CON GUATEMALA SOBRE EXENCION DEL REQUISITO DE VISA PARA LOS PORTADORES DE PASAPORTES DIPLOMATICOS, OFICIALES Y ESPECIALES O CONSULARES
N° 678.-
PATRICIO AYLWIN AZOCAR
Presidente de la República de Chile
POR CUANTO con fecha 25 de marzo de 1991 se suscribió entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y de Guatemala el Acuerdo referente a la Exención del requisito de Visa para Portadores de Pasaportes Diplomáticos, Oficiales y Especiales o Consulares.
Y POR CUANTO, dicho Acuerdo ha sido aceptado por mí, previa aprobación del Congreso Nacional, según consta en el oficio No. 1.697, del Honorable Senado, de fecha 30 de octubre de 1991.
POR TANTO, en uso de la facultad que me confieren los artículos 32 No. 17, y 50 número 1) de la Constitución Política de la República, dispongo y mando que se cumpla y lleve a efecto como Ley y que se publique copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
DADO en la Sala de mi despacho y refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores, a los veintiocho días del mes de mayo de mil novecientos noventa y dos.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Silva Cimma, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento,- Cristián Barros Melet, Director General Administrativo.
ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA REFERENTE A LA EXENCION DEL REQUISITO DE VISA PARA PORTADORES DE PASAPORTES DIPLOMATICOS, OFICIALES Y ESPECIALES O CONSULARES
El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Guatemala deseosos de estrechar los lazos de amistad entre los dos países, est n dispuestos a celebrar un Acuerdo sobre la exención de visa para los titulares de pasaportes diplomáticos, oficiales y especiales o consulares en los siguientes términos:
-
- Los nacionales de la República de Chile y de la República de Guatemala, titulares de pasaportes diplomáticos, oficiales y especiales o consulares vigentes, estarán exentos del requisito de obtener visa para ingresar a la República de Chile y a la República de Guatemala.
-
- Los titulares de los pasaportes antes mencionados...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba