Ley núm. 16701, publicada el 28 de Octubre de 1967. CONCEDE, POR GRACIA, A DON ANIBAL LABRA BENNETT, EL DERECHO A REJUBILAR EN LAS CONDICIONES QUE SEÑALA - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497235890

Ley núm. 16701, publicada el 28 de Octubre de 1967. CONCEDE, POR GRACIA, A DON ANIBAL LABRA BENNETT, EL DERECHO A REJUBILAR EN LAS CONDICIONES QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyLey

LEY NUM. 16.701

CONCEDE, POR GRACIA, A DON ANIBAL LABRA BENNETT, EL DERECHO A REJUBILAR EN LAS CONDICIONES QUE SEÑALA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

Artículo único

Concédese, por gracia, a don Aníbal Labra Bennett, el derecho a rejubilar y reliquidar su pensión de jubilación en conformidad a las disposiciones legales vigentes, debiendo computársele para este efecto, la totalidad del tiempo efectivamente servido de 25 años y 7 meses en la Empresa de los Ferrocarriles del Estado y de 6 años y 23 días en la Empresa Marítima del Estado, de acuerdo con las imposiciones efectuadas en los institutos previsionales respectivos.

La Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional deberá concurrir al pago de la pensión de jubilación en proporción a las imposiciones enteradas por el beneficiario señor Aníbal Labra Bennett.

Y por cuanto ha tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.

Santiago, diecinueve de Octubre de mil novecientos...

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