Decisión nº C1745-14, de Consejo de Transparencia de 29 de Agosto de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544594742

Decisión nº C1745-14, de Consejo de Transparencia de 29 de Agosto de 2014

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2014
TipoDocumentos Operacionales - Documentos Electrónicos - Otros
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaBienes Públicos, Cultura y Artes

DECISIÓN RECLAMO ROL C1745-14

Entidad pública: Contraloría General de la República (CGR).

Requirente: Gonzalo Lino.

Ingreso Consejo: 18.08.2014.

En sesión ordinaria N° 549 de su Consejo Directivo, celebrada el 29 de agosto de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo por infracción a las normas de transparencia Rol C1745-14.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha desconocida para este Consejo, don Gonzalo Lino, habría realizado una presentación a la Contraloría General de la República, a través de la cual habría solicitado que se le proporcionen todos los dictámenes que ha expedido a propósito de consultas realizadas por el Consejo de la Cultura y las Artes.

2) Que, con fecha 30 de julio de 2014, el órgano da respuesta a la solicitud señalando que la información requerida se encuentra en la página web del servicio, en el banner buscadores en línea, dictámenes.

3) Que, con fecha 18 de agosto de 2014, don Gonzalo Lino dedujo, a través del Sistema de Reclamos en Línea de esta Corporación, un reclamo por infracción a los deberes de Transparencia Activa en contra de la Contraloría General de la República, fundado en que el acceso a la información relativa al marco normativo aplicable; actos y documentos publicados en el diario oficial; y mecanismos de Participación Ciudadana, no es expedito. Además, señala que dicho órgano incurre en una falta por no tener en línea cierta información, suministrando respuestas erróneas al respecto.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 33, letra b), de la Ley de Transparencia, corresponde a este Consejo resolver, fundadamente, los reclamos por denegación de acceso a la información que le sean formulados de conformidad con la Ley de Transparencia. Asimismo, de acuerdo a lo previsto en el artículo 8° de la Ley de...

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