Goicolea Huerta Scarlett Andrea - DRV Ingeniería Limitada y otras - 15 de Julio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 907437807

Goicolea Huerta Scarlett Andrea - DRV Ingeniería Limitada y otras

Fecha de publicación15 Julio 2022
Número de registroCVE-2151616
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.303
CVE 2151616 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.303 | Viernes 15 de Julio de 2022 | Página 1 de 5
Publicaciones Judiciales
CVE 2151616
NOTIFICACIÓN
SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO, Merced 360
Santiago. En autos RIT O-156-2022 RUC 22-4-0378072-7 se ha ordenado notificar por avisos lo
siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: En lo principal: Demanda de despido indirecto,
nulidad del despido, cobro de prestaciones e indemnizaciones legales, declaración de unidad
económica y/o subterfugio; primer otrosí: Solicita medida precautoria; segundo otrosí:
Acompaña documentos; tercer otrosí: Litigación y notificación electrónica; cuartos otrosí: Se
notifique demanda a entidades que se indican; quinto otrosí: Patrocinio y poder; sexto otrosí:
Delega poder. Thomas Mauricio Umaña Torres, abogado, en representación de SCARLETT
ANDREA GOICOLEA HUERTA, empleada, domiciliados en Paseo Huérfanos 1480, Santiago,
a US digo: Demando por despido indirecto, nulidad del despido, cobro de prestaciones e
indemnizaciones legales y declaración de unidad económica y/o subterfugio, a: 1) DRV
INGENIERÍA LIMITADA, representada por GERMÁN ROZAS PEREIRA, 2) DRV
INGENIERÍAS SpA, actualmente denominada ADVANCED ENGINEERING SpA, giro de su
denominación, representada por TATIANA CONTRERAS MENDINA, 3) D&R SpA, giro de su
denominación, representada por GERMÁN ROZAS PEREIRA, 4) INVERSIONES SAN
GERMÁN LIMITADA, giro de su denominación, representada por NICOLÁS GERMÁN
ROZAS RALIL, y 5) INVERSIONES SANTA BETTY SpA, giro de su denominación,
representada por RODRIGO GERMÁN ROZAS VALENCIA. Todos los demandados, se
encuentran domiciliados, en Av. Marathón 2641, comuna de Macul, Región Metropolitana y en
calle Leopoldo Urrutia 1860, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana. La presente demanda se
funda en: Mi representada es ex trabajador de la empresa DRV INGENIERÍA LIMITADA,
sociedad dedicada a la prestación de servicios de mantención y suministro de repuestos, a
diferentes empresas. El 24 de marzo de 2016, ingresó a prestar servicios bajo régimen de
subordinación y dependencia para la empresa D&R SpA; el 1 de agosto de 2019 suscribió un
anexo de contrato de trabajo, por medio del cual se produce un cambio de empleador, asumiendo
como tal DRV INGENIERÍAS LIMITADA, manteniendo su cargo de “Asistente de Gerencia” y
se reconoce su antigüedad laboral. Contrato de trabajo indefinido, jornada laboral de lunes a
viernes, en horario 8:30 a 18:30 horas. Remuneración de $980.396. Mi representada realizaba las
siguientes funciones: Realizar conciliaciones bancarias; Verificar saldo de las cuentas bancarias
de las distintas empresas relacionadas; Realizar movimientos bancarios relacionados a pagos de
proveedores, pago de remuneraciones y otros; Efectuar movimientos contables en sistema
“Defontana” y “Softland”; Verificar su agenda y programar viajes y reuniones; Controlar y
gestionar el combustible de los vehículos corporativos; Realizar informes, manejar información
legal de todas las empresas; Atender temas personales relacionados a su casa y familia de
Rodrigo Rozas Valencia, entre otros. El 5 de noviembre de 2021 la actora puso término a su
relación laboral mediante despido indirecto fundado en la causal del articulo 160 N° 7, a la fecha
del auto despido, se le adeudaban las cotizaciones de seguridad social de AFP, AFC y Salud, los
incumplimientos denunciados en la carta de auto despido, son: Infracción a lo dispuesto en la ley
N° 21.227, de conformidad a lo dispuesto en los incisos 1º y 2º del artículo 14 del mismo texto
legal. El no pago de la remuneración convenida durante el período de suspensión laboral, y en el
cual se realizó la prestación de servicios de forma normal, como si no existiese suspensión
alguna. El no pago de las cotizaciones previsionales relacionadas con las remuneraciones no
pagadas por el empleador en los términos señalados en el incumplimiento descrito en punto
anterior. El no pago de la totalidad de las cotizaciones previsionales de AFP Provida, en relación
a la última remuneración percibida previo a la suspensión de la relación laboral, de conformidad
a lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 3º de la ley N° 21.227. En virtud de lo anterior, mi
representada decidió invocar su despido indirecto con fecha 5 de noviembre de 2021. Infracción
a lo dispuesto en la ley N° 21.227, de conformidad a lo dispuesto en los incisos 1º y 2º del
artículo 14. El empleador, simulando un estado de suspensión de mi relación laboral, me obligó a

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