Gestión de Activos Costa del Sol SpA - 23 de Enero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 921089147

Gestión de Activos Costa del Sol SpA

Fecha de publicación23 Enero 2023
Número de registroCVE-2258159
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.458
CVE 2258159 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.458 | Lunes 23 de Enero de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2258159
EXTRACTO
GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de
VALERIA RONCHERA FLORES, abogado, Notario Público Titular de la décima Notaría de
Santiago, con oficio en calle Agustinas N°1235, segundo piso, de la comuna de Santiago
CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 12 de enero del 2023, repertorio 415-2023 ante
la titular, La sociedad INVERSIONES COSTA DEL SOL SpA, Rol Único Tributario N°
77.521.235-7, del giro de su denominación, debidamente representada por don FRANCISCO
JAVIER CASTRO TAPIA, CI 16.300.529-8, constituyó una sociedad por acciones, que se regirá
por los siguientes estatutos NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: “Gestión de Activos Costa del Sol
SpA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto a) La prestación, por cuenta propia o ajena, de
servicios de intermediación, corretaje, tasación, gestión y asesoría inmobiliaria en general, en el
país y en el extranjero; b) La realización de toda clase de inversiones, en todo tipo de bienes,
materiales e inmateriales, muebles o inmuebles, acciones, derechos, títulos, cuotas y en todo tipo
de instrumentos comerciales o financieros, su administración, su explotación y la percepción de
sus frutos; c) La construcción por cuenta propia o ajena de toda clase de edificaciones,
construcciones y obras de cualquier naturaleza, administrarlas, explotarlas y/o enajenarlas a
cualquier título; d) La planificación, gestión, desarrollo y explotación de todo tipo de proyectos
inmobiliarios, la realización de loteos, urbanizaciones, ya sea por cuenta propia o de terceros de
toda clase de predios urbanos o rústicos, de propiedad de la Sociedad o no, con fines
habitacionales, comerciales, industriales o agrícolas, enajenarlos, administrarlos y/o explotarlos,
bajo la forma de arrendamientos, medierías u otros; e) La administración de toda clase de bienes
muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena; f) La prestación de
toda clase de asesorías, consultorías y servicios de carácter inmobiliario, comercial, financiero,
de inversión, de ingeniería, de administración y económico; g) La realización de actos y negocios
que los accionistas de común acuerdo decidan, incluyendo la participación en sociedades,
comunidades o fondos de inversión de cualquier tipo o naturaleza; y h) La realización de todo
otro negocio o actividad que se relacione directa o indirectamente con los objetivos o fines
sociales mencionados. CAPITAL: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $10.000.000,
dividido en 10.000 acciones nominativas, ordinarias, de igual valor, de una misma serie y sin
valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente manera: La sociedad INVERSIONES
COSTA DEL SOL SpA, quien, debidamente representada, suscribe y paga en este acto 10.000
acciones, por un total de $10.000.000. DURACIÓN: Indefinida. ADMINISTRACIÓN: La
administración y representación de la Sociedad le corresponderá a uno o más administradores, en
adelante el “Administrador”, el o los que serán designados y removidos por la junta de
accionistas de la Sociedad, con el voto favorable de la mayoría absoluta de las acciones emitidas
con derecho a voto, o bien mediante la suscripción por todos los accionistas de la Sociedad o por
el único accionista de ésta, en su caso, de una escritura pública o de un instrumento privado
protocolizado ante un Notario Público. Al Administrador le corresponderá la representación
judicial y extrajudicial de la Sociedad, incluyendo las facultades señaladas en ambos incisos del
artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, en particular las facultades de desistirse en
primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones,
renunciar los recursos o los términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros
facultades de arbitradores, aprobar convenios y percibir, por lo que gozará de todas las facultades
de administración y disposición que la ley y este Estatuto no establezcan como privativas de las
Juntas de Accionistas, inclusive para aquellos actos y contratos respecto de los cuales las leyes
exijan poder especial. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin
perjuicio de que pueda establecer oficinas, agencias, establecimientos o sucursales en otros
puntos del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada, Santiago, 18 de
enero de 2023.

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