LA GARZA S.A. 76.847.950-K - 12 de Octubre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 947416654

LA GARZA S.A. 76.847.950-K

Número de registroCVE-2389222
Fecha de publicación12 Octubre 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.674
CVE 2389222 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.674 | Jueves 12 de Octubre de 2023 | Página 1 de 4
Empresas y Cooperativas
CVE 2389222
EXTRACTO
RODOLFO POLANCO GALLOSO, Abogado, Notario Público Interino de la Primera
Notaria de Coquimbo, con domicilio en Melgarejo Nº1044.- CERTIFICO: Que por Reducción de
acta a Escritura Pública de fecha 29 de Septiembre del 2023, de Repertorio 1041-2023, en que
consta la asamblea extraordinaria de accionistas, realizada el día 09 de Agosto del año 2023, de
la Garza S.A., domiciliada en ruta Cinco Nº1695, ciudad de Coquimbo, siendo las 16:39 horas,
comienza en segundo llamado o citación la asamblea extraordinaria de accionistas, la que tratara
diversos temas uno) REFORMA ARTÍCULOS DEL ESTATUTO SOCIAL (PROPOSICIÓN,
TÉRMINOS Y ALCANCES) dos) REFORMA ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO INTERNO
DE FUNCIONAMIENTO (PROPOSICIÓN, TÉRMINOS Y ALCANCES). tres) VOTACIÓN
DE APROBACIÓN O DESAPROBACIÓN DE REFORMAS ESTATUTO Y REGLAMENTO.
cuatro) AUTORIZACIÓN PARA ADQUISICIÓN DE ACCIÓN Y ENAJENACIÓN DE
ACCIÓN DEL LIBRO DE ACCIONISTAS. (ACUERDOS, BASES, PRECIO). Se comienza
con la exposición del primer tema de la tabla, y que dice relación con uno) REFORMA
ARTICULOS DEL ESTATUTO SOCIAL (PROPOSICIÓN, TÉRMINOS Y ALCANCES), se
indica que se proyecta reformar el artículo sexto, octavo y vigésimo primero. Se procederá a
realizar un análisis de cada uno de los artículos. Se procede hacer lectura del ARTÍCULO
SEXTO ACTUAL: Las acciones serán nominativas, y en su forma, emisión, entrega, canje,
transferencia, transmisión o inutilización se aplicarán las Reglas del Reglamento de Sociedades
Anónimas que se dan por reproducidas, en lo que sea pertinente. Su transferencia deberá constar
por escrito, con indicación de los títulos y el número de acciones. La adquisición de acciones de
la sociedad implica la aceptación de los estatutos sociales, de los acuerdos adoptados en las
juntas de accionistas y de todo lo obrado o decidido con anterioridad por el Directorio y demás
órganos validos de administración. En el evento que un accionista desee vender o transferir todo
o parte de sus acciones, deberá estar al día y no tener deudas, ofreciéndolas previamente a los
demás accionistas, no pudiendo transferirlas a terceros, a menos que todos los accionistas
declinen su primera opción de compra. En cualquier caso, la transferencia de acciones a terceros
no podrá ser por un valor inferior al ofertado previamente a los otros accionistas. La oferta y la
aceptación deberá formularse por escrito a cada accionista o por un aviso publicado en la oficina
de administración de la sociedad. Se entenderá que los accionistas declinan la oferta si no
respondieren dentro de un plazo de treinta días contados desde la fecha de la recepción de la
carta de oferta o de la publicación del aviso. Igualmente, los accionistas tendrán derecho
preferente a suscribir acciones de aumento de capital de la sociedad y de debentures convertibles
en acciones de la misma o de cualquiera otros valores que confieran derechos futuros sobre esta
acción, en proporción a las acciones que poseen, pero deberán hacer uso de este derecho dentro
del plazo de treinta días contados desde la primera publicación que, anunciando el aumento
acordado, deberá hacerse en un diario del domicilio social, a lo menos por una vez.- El aumento
deberá también, anunciarse por medio de carta certificada a los accionistas.- Pasado dicho plazo,
se podrán hacer ofertas a terceros, al igual que con el eventual excedente.- En estos casos las
ofertas a terceros, igualmente no podrán ser por valor menos a las ofertas previas efectuadas a los
accionistas.- El comprador que adquiere una nueva acción, tenga la calidad de accionista nuevo o
antiguo deberá pagar el valor de un millón de pesos en beneficio de la sociedad Garza por
concepto de gastos operacionales. Se hace lectura del ARTÍCULO SEXTO A REFORMAR: Las
acciones serán nominativas, y en su forma, emisión, entrega, canje, transferencia, transmisión o
inutilización se aplicarán las Reglas del Reglamento de Sociedades Anónimas que se dan por
reproducidas, en lo que sea pertinente. Su transferencia deberá constar por escrito, con indicación
de los títulos y el número de acciones. La adquisición de acciones de la sociedad implica la
aceptación de los estatutos sociales, de los acuerdos adoptados en las juntas de accionistas y de
todo lo obrado o decidido con anterioridad por el Directorio y demás órganos validos de
administración. Un accionista ya sea como persona natural o jurídica sólo podrá ser dueño o

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