LA GARZA S.A. 76.847.950-K - 8 de Enero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 879681771

LA GARZA S.A. 76.847.950-K

Número de registroCVE-2069186
Fecha de publicación08 Enero 2022
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.147
CVE 2069186 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.147 | Sábado 8 de Enero de 2022 | Página 1 de 3
Empresas y Cooperativas
CVE 2069186
EXTRACTO
HÉCTOR ANDRÉS CARRASCO SANHUEZA, Abogado, Notario Público Titular de la
primera Notaria de Coquimbo, con domicilio en Melgarejo Nº1044, según decreto económico
número 242 de fecha 17 de diciembre del año 2021 del primer juzgado de letras de este puerto,
protocolizado al final del presente registro, bajo número 1197, certifica: Que por Reducción de
acta a Escritura Pública de fecha 21 de diciembre del 2021, de repertorio Nº 2608-2021, en que
consta la asamblea extraordinaria de accionistas, realizada el día 25 de octubre del año 2021, de
La Garza S.A., domiciliada en Ruta Cinco Nº1695, ciudad de Coquimbo, siendo las 17:23 horas,
se realiza el segundo llamado, y se da inicio a la junta extraordinaria de accionistas la cual tratara
sobre lareforma de estatutos, se realiza la lectura de los artículos actuales y sus respectivas
propuestas de reformas, siendo estos los artículos sexto, octavo, noveno, décimo segundo,
décimo tercero, décimo sexto, décimo octavo y décimo noveno, reforma que sepropone al
siguiente tenor: ARTÍCULO SEXTO A REFORMAR: Las acciones serán nominativas, y en su
forma, emisión, entrega, canje, trasferencia, trasmisión o inutilizaciónse aplicarán las Reglas del
Reglamento de Sociedades Anónimas que se dan por reproducidas, en lo que sea pertinente. Su
trasferencia deberá constar por escrito, con indicación de los títulos y el número de acciones. La
adquisición de acciones de la sociedad implica la aceptación de los estatutos sociales, de los
acuerdos adoptados en las juntas de accionistas y de todo lo obrado o decidido con anterioridad
por el Directorio y demás órganos validos de administración. En el evento que un accionista
desee vender o trasferir todo o parte de sus acciones, deberá estar al día y no tener deudas,
ofreciéndolas previamente a los demás accionistas, no pudiendo transferirlas a terceros, a menos
que todos los accionistas declinen su primera opción de compra. En cualquier caso, la
trasferencia de acciones a terceros no podrá ser por un valor inferior al ofertado previamente a
los otros accionistas. La oferta y la aceptación deberá formularse por escrito a cada accionista o
por un aviso publicado en la oficina de administración de la sociedad. Se entenderá que los
accionistas declinan la oferta si no respondieren dentro de un plazo de treinta días contados desde
la fecha de la recepción de la carta de oferta o de la publicación del aviso. Igualmente, los
accionistas tendrán derecho preferente a suscribir acciones de aumento de capital de la sociedad
y de debentures convertibles enacciones de la misma o de cualquiera otros valores que confieran
derechos futuros sobreesta acción, en proporción a las acciones que poseen, pero deberán hacer
uso de estederecho dentro del plazo de treinta días contados desde la primera publicación que,
anunciando el aumento acordado, deberá hacerse en un diario del domicilio social, a lo menos
por una vez.- El aumento deberá también, anunciarse por medio de cartacertificada a los
accionistas.- Pasado dicho plazo, se podrán hacer ofertas a terceros, aligual que con el eventual
excedente.- En estos casos las ofertas a terceros, igualmente nopodrán ser por valor menos a las
ofertas previas efectuadas a los accionistas.- Elcomprador que adquiere una nueva acción, tenga
la calidad de accionista nuevo o antiguodeberá pagar el valor de un millón de pesos en beneficio
de la sociedad Garza porconcepto de gastos operacionales. ARTÍCULO OCTAVO A
REFORMAR: La sociedadserá administrada por un Directorio compuesto de cinco miembros
titulares, quienes sólodeberán tener la calidad de accionistas, ser mayores de edad, no tener
litigios pendientesde cualquier naturaleza con la sociedad Garza, o haber sido demandada(o) por
ésta,además de no ser condenados por delito que merezca pena aflictiva o de
inhabilitaciónperpetua para desempeñar cargos u oficios públicos. Los directores durarán dos
años ensus funciones y podrán ser reelegidos por un nuevo periodo solamente. Al final de
cadaperiodo deberá procederse a la elección de la totalidad de los miembros del Directorio.
ARTÍCULO NOVENO A REFORMAR: El Directorio se reunirá una vez al mes dentro delaño
calendario. El quórum para sesionar será de tres directores y los acuerdos seadoptarán por la
mayoría absoluta de los directores asistentes a la respectiva reunión. Encaso de empate, decidirá
la votación el Director Presidente. El Directorio podrá reunirseen sesiones extraordinarias
cuando las cite especialmente el presidente (a), por sí o aindicación de uno o más directores,

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