Garrido Rojas Alfonso Enrique - Novotix SpA y otras - 15 de Julio de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 871034856

Garrido Rojas Alfonso Enrique - Novotix SpA y otras

Fecha de publicación15 Julio 2021
Número de registroCVE-1975160
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.003
CVE 1975160 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.003 | Jueves 15 de Julio de 2021 | Página 1 de 8
Publicaciones Judiciales
CVE 1975160
NOTIFICACIÓN
En la causa laboral RIT T-17-2020, RUC: 20-4-0297369-3, Comparecen, PABLO CESAR
MUÑOZ VASQUEZ, RUT 13.380.053-0, y MAURO RODRIGUEZ ALVAREZ, RUT
15.853.857-1, ambos abogados habilitados para el ejercicio de la profesión, ambos con domicilio
profesional en calle Cochrane 635, Torre A, oficina 406, Concepción, en representación
convencional, según se acredita más delante de don ALFONSO ENRIQUE GARRIDO ROJAS,
Contador general, RUT 12.790.388-3, domiciliado en Calle 8 Nº 423, Brisas del Sol,
Talcahuano, quienes interponen demanda por DENUNCIA DE TUTELA LABORAL POR
VULNERACION DE DERECHOS FUNDAMENTALES CON OCASIÓN DEL DESPIDO
INDIRECTO, NULIDAD DEL DESPIDO, COBRO DE INDEMNIZACIONES Y
PRESTACIONES LABORALES, INDEMNIZACION POR DAÑO MORAL, DECLARACION
DE UNICO EMPLEADOR Y SUBTERFUGIO en contra de la empresa NOVOTIX SpA, RUT
99.565.210-2, empresa del giro de su denominación representada legalmente por don MAURO
ROBERTO AGUAYO MÁS, RUT 6.885.551-9, ignoran profesión u oficio, ambos domiciliados
para estos efectos en Parque Industrial Escuadrón, segunda etapa, Lote 7, de la comuna de
Coronel o a quienes los subroguen o reemplacen en virtud de lo previsto en el artículo 4º del
Código del Trabajo; y solidariamente en virtud de declaración de único empleador en contra de
la empresa INVESTECH SpA, RUT 76.256.052-6, con domicilio en Isidora Goyenechea Nº
3000, departamento 301, Las Condes, Santiago, representada legalmente por don OYSTEIN
MOLNES o a quienes los subroguen o reemplacen en virtud de lo previsto en el artículo 4º del
Código del Trabajo; y en contra de la empresa NOVOINVEST SpA, RUT 77.078.216-3,
empresa del giro de su denominación representada legalmente por don OYSTEIN MOLNES,
RUT 22.555.727-6, ambos domiciliados en calle Rengifo Nº852, comuna de Puerto Montt, o a
quienes los subroguen o reemplacen en virtud de lo previsto en el artículo 4º del Código del
Trabajo, fundada en los argumentos de hecho y de derecho que exponen en la demanda,
solicitando se sirva tener por interpuesta demanda en procedimiento de aplicación general de
despido indirecto, nulidad del despido, cobro de prestaciones laborales, declaración de unidad
económica y subterfugio, solidariamente, en contra de la empresa NOVOTIX SpA, RUT
99.565.210-2, empresa del giro de su denominación representada legalmente por don MAURO
ROBERTO AGUAYO MÁS, RUT 6.885.551-9, ignoramos profesión u oficio, ambos
domiciliados para estos efectos en Parque Industrial Escuadrón, segunda etapa, Lote 7, de la
comuna de Coronel o a quienes los subroguen o reemplacen en virtud de lo previsto en el artículo
4º del Código del Trabajo; y solidariamente en virtud de declaración de único empleador en
contra de la empresa INVESTECH SpA, RUT 76.256.052-6, con domicilio en Isidora
Goyenechea Nº 3000, departamento 301, Las Condes, Santiago, representada legalmente por don
OYSTEIN MOLNES y en contra de la empresa NOVOINVEST SpA, RUT 77.078.216-3,
empresa del giro de su denominación representada legalmente por don OYSTEIN MOLNES,
RUT 22.555.727-6, ambos domiciliados en calle Rengifo Nº852, comuna de Puerto Montt; o a
quienes los subroguen o reemplacen en virtud de lo previsto en el artículo 4º del Código del
Trabajo, darle tramitación, y, en definitiva, declarar: A.- Que, el autodespido es procedente y
justificado B.- Que las empresas Novotix SpA, Investech SpA y Novoinvest SpA constituyen
una unidad económica y único empleador en los términos del artículo 3 del Código del Trabajo,
y por ende responden solidariamente del pago de las prestaciones e indemnizaciones que se
solicitaran a continuación. C.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 507 Nº3 del Código
del Trabajo, las demandadas han incurrido en actos de subterfugio que van en perjuicio de los
derechos de sus trabajadores D.- Que las demandadas deberán ser condenadas solidariamente a
pagar a nuestro mandante las siguientes prestaciones e indemnizaciones que a continuación se
detallan: a.- Indemnización sustitutiva del aviso previo, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 162 del Código del Trabajo, por la suma de $3.697.215 o la suma mayor o menor que el
Tribunal estime pertinente de acuerdo al mérito de autos. b.- Indemnización por 3 años de

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