Decisión nº C930-17, de Consejo de Transparencia de 23 de Junio de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 699286141

Decisión nº C930-17, de Consejo de Transparencia de 23 de Junio de 2017

Fecha de Resolución23 de Junio de 2017
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMunicipalidades, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C930-17

Entidad pública: Municipalidad de Las Condes

Requirente: Gabriel Zeballos

Ingreso Consejo: 20.03.2017

En sesión ordinaria N° 809 del Consejo Directivo, celebrada el 23 de junio de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C930-17.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 15 de febrero de 2017, don Gabriel Zeballos solicitó a la Municipalidad de Las Condes el "registro de accidentes de tránsito (choques vehiculares, atropellos y otros) ocurridos entre el año 2010 al año 2016 en el barrio San Carlos de Apoquindo en la comuna de Las Condes. El sector específico del cual se solicita información es el comprendido por la totalidad de la Unidad Vecinal C-25 y parte de la Unidad Vecinal C-24, colindante a la primera. Este territorio está circunscrito por las siguientes vías: Avenida Francisco Bulnes Correa, Carlos Peña Otaegui y Camino San Francisco de Asís. Por el Oriente el límite está dado por la cota mil.

Se agradece organizar la información cronológicamente (fechas con horas aproximadas), lugar exacto del evento, indicando número de vehículos participantes, vehículos afectados, y tipo y número de afectados (lesiones menores, medianas, graves, amputaciones, muertes).".

2) RESPUESTA: El 11 de marzo de 2017, la Municipalidad de Las Condes respondió a dicho requerimiento de información mediante Oficio N° 174 de la misma fecha, señalando en síntesis que:

a) La información solicitada no puede ser procesada, ya que si bien se lleva un registro de los accidentes de tránsito, la materia consultada no es un parámetro que quede consignado en cada uno de ellos, ni tampoco en los listados generales, lo que hace imposible extraer los datos para entregarlos.

b) En segundo lugar, y sin perjuicio de lo señalado, los datos solicitados no se encuentran sistematizados u ordenados de la forma solicitada, motivo por el cual su generación requiere de un trabajo de recopilación, revisión y elaboración importante para una gran cantidad de actos o resoluciones, como lo son los registros de accidentes de tránsito (choques vehiculares, atropellos y otros, lugar exacto del evento, indicando número de vehículos participantes, vehículos afectados, y tipo y número de afectados (lesiones menores, medianas, graves, amputaciones, muertes), circunstancia que evidentemente requiere distraer a los funcionarios del Departamento de Seguridad Ciudadana y Emergencia del cumplimiento regular de sus labores habituales.

c) Esta circunstancia se encuentra contemplada como causal de reserva en el artículo 21 N° 1, literal c), de la Ley de Transparencia, por lo que se deniega la entrega de lo requerido.

3) AMPARO: El 20 de marzo de 2017, don Gabriel Zeballos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR