Futura Ley de Migraciones incluye creación de un Registro Nacional de Extranjeros - 28 de Enero de 2016 - El Mercurio - Noticias - VLEX 592492742

Futura Ley de Migraciones incluye creación de un Registro Nacional de Extranjeros

El borrador del anteproyecto está en una fase de análisis en los ministerios que integran el Consejo Nacional de Política Migratoria (Interior, Relaciones Exteriores, Salud, Economía, Desarrollo Social, Sernam, Segpres, Trabajo, Justicia, Educación y Hacienda) y en otros como Vivienda y Transportes, a los que se realizan consultas técnicas.

El documento de 42 páginas, al que tuvo acceso "El Mercurio", establece una serie de derechos para los inmigrantes. Entre ellos, a migrar, al nombre y nacionalidad y a la salud (ver recuadro).

Los deberes de los extranjeros, en tanto, son el respeto a las normas internas (de ingreso por lugares habilitados, de tránsito, residencia y egreso del país) y las sanciones llegan hasta la expulsión en caso de infracción a la ley. Además, el control de ingreso lo mantiene la Policía de Investigaciones, sin perjuicio de que puedan realizarlo Carabineros, la Armada e incluso el propio Servicio Nacional de Migraciones.

En la ley, hay dos categorías migratorias que agrupan los permisos: de visitantes y de residencia (ver nota relacionada).

Según fuentes que conocen el anteproyecto, no hay cambios en materia de visas (en la ley se denominan permisos) respecto de las normas administrativas que debutaron en 2015 para regularizar a los inmigrantes en situación irregular, entre ellas la visa temporal por motivos laborales.

En el caso del registro, precisan que si bien hoy el Ministerio del Interior mantiene una base de datos de los extranjeros que tramitan su ingreso y permanencia en el Departamento de Extranjería, falta incorporar en un solo sistema las visas que otorga el Ministerio de RR.EE. tanto en Chile como en sus embajadas y consulados. Ello permitiría tener datos precisos para elaborar políticas públicas, pues hoy muchas veces se trabaja con estimaciones y datos desagregados.

Reserva y acceso

El registro será administrado por el Servicio Nacional de Migraciones y según el articulado tendrá "carácter reservado, en virtud de lo dispuesto en las leyes 20.285, sobre acceso a la información pública, y 19.628, sobre protección de la vida privada". Sin perjuicio de ello, se señala que el servicio podrá intercambiar información con otros Estados de acuerdo con las disposiciones contenidas en tratados internacionales ratificados por Chile y que estén vigentes.

Además de los datos personales, se indicará el tipo de categoría migratoria y vigencia del permiso otorgado por Chile. Estarán las visas consulares, emitidas si...

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