Decisión nº C2508-16, de Consejo de Transparencia de 11 de Noviembre de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 663576521

Decisión nº C2508-16, de Consejo de Transparencia de 11 de Noviembre de 2016

Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2016
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGobierno, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C2508-16

Entidad pública: Ministerio Secretaría General de Gobierno

Requirente: Fundación Datos Protegidos

Ingreso Consejo: 02.08.2016

En sesión ordinaria N° 753 del Consejo Directivo, celebrada el 11 de noviembre de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol N° C2508-16.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 13 de julio de 2016, la Fundación Datos Protegidos solicitó al Ministerio Secretaría General de Gobierno- en adelante e indistintamente Ministerio-, «información relativa a la política de privacidad y uso de los datos de la plataforma www.unaconstituciónparachile.cl y del proceso constituyente propiamente tal, asimismo información sobre cuáles son las bases de datos que se crean con los datos entregados por quienes participan. Responsable de las bases de datos. Domicilio del responsable. Datos personales que almacena del solicitante. Procedencia y destinatario. El propósito del almacenamiento (...)».

2) RESPUESTA: El 1° de agosto de 2016, el Ministerio indicó a la solicitante que el organismo encargado de las políticas de privacidad del sitio consultado, era el...

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