Fundación Centro Educacional Iglesia Pentecostal - Salgado Montero Claudia Andrea - 2 de Noviembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 950928333

Fundación Centro Educacional Iglesia Pentecostal - Salgado Montero Claudia Andrea

Número de registroCVE-2395417
Fecha de publicación02 Noviembre 2023
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.690
CVE 2395417 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.690 | Jueves 2 de Noviembre de 2023 | Página 1 de 3
Publicaciones Judiciales
CVE 2395417
NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, se ha presentado demanda originando
causa RIT M-133-2022, caratulada “FUNDACION CENTRO EDUCACIONAL IGLESIA
PENTECOSTAL CEDEHP/SALGADO” que, en forma extractada, indica: GONZALO
VENEGAS CLARAMUNT, abogado, RUT 16.763.659-4, domiciliado en calle Colo Colo
N°379, of. 1405, Concepción, en representación convencional de FUNDACIÓN CENTRO
EDUCACIONAL IGLESIA PENTECOSTAL-CEDEHP, del giro de su denominación, rol único
tributario N°65.121.099-2, representada legalmente por don JAIME ABELARDO BELLO
RETAMAL, RUT 7.001.948-5, ambos con domicilio en calle Las Golondrinas N°1109, comuna
de Hualpén, a US. con respeto digo: Que bajo la representación que invisto, vengo en deducir
demanda de desafuero Maternal o autorización para despedir en Procedimiento Monitorio
Laboral a la trabajadora doña CLAUDIA ANDREA SALGADO MONTERO, RUT
16.139.782-2, docente, con domicilio en Calle Volcán Calbuco Nª 527, Valles Las Rosas,
comuna de San Pedro de la Paz, solicitud que se funda en base a los siguientes antecedentes de
hecho y derecho que paso a exponer: 1.- Que con fecha 1 de marzo del año 2021, mi
representada FUNDACIÓN CENTRO EDUCACIONAL IGLESIA PENTECOSTAL-CEDEHP,
suscribió un contrato de Trabajo a plazo fijo con doña CLAUDIA ANDREA SALGADO
MONTERO. 2.- En virtud de dicho contrato, la demandada se comprometió a prestar servicios
de profesora de Biología y Ciencias Naturales, en el Centro Educacional Evangélico de
Hualpencillo, ubicado en Calle Las Golondrinas N° 1109, Población Armando Alarcón del
Canto, Comuna de Hualpén, sin embargo, a causas del Estado de Excepción Constitucional de
Catástrofe por Calamidad Pública a causas del Covid-19 y de las diversas resoluciones emanadas
de la autoridad Educacional y Sanitarias, los servicios se prestaron bajo la modalidad de
teletrabajo o trabajo a distancia. 3.- Que se acordó una jornada ordinaria de 29 horas
cronológicas semanales, distribuidas de lunes a viernes, ello, en atención a los requerimientos de
la Unidad Técnico Pedagógica. 4.- Se pactó una remuneración mensual, la cual está compuesta
por un sueldo base mensual, asignación de zona, incremento Ley 19.410, incremento Ley 19.933,
bono de reconocimiento y asignación de zona. 5.- La duración del contrato de trabajo es a plazo
fijo, esto es, desde el 1° de marzo del año 2021 hasta el día 28 de febrero del año 2022, tal como
consta en cláusula séptima del Contrato de Trabajo.- 6. Que, la trabajadora desde el mes de
agosto del año 2021 al mes de diciembre del año 2021, presentó diversas licencias médicas por
enfermedad común, las que individualizo a continuación.- Por otra parte, una vez terminada su
última licencia médica, la actora desde el mes de enero del año 2022, encuentra en período de
feriado legal vacaciones para los docentes. 7.- Que, con fecha 28 de diciembre del año 2021, mi
representada, dando cumplimiento a la normativa laboral y educacional, remite carta certificado
al domicilio de la trabajadora, informando el término de la relación laboral a contar del 28 de
febrero del año 2022, ello atendido el Vencimiento del plazo convenido en el Contrato de
Trabajo de fecha 1° de marzo del año 2021.- 8.- Que, recientemente, con fecha 21 de febrero del
año 2022, la trabajadora informa mediante un correo electrónico remitido al sostenedor del
Establecimiento Educacional que se encontraba embarazada, con 14 semanas, adjuntando
certificado médico.- El certificado médico antes mencionado, es emitido por médico Ginecólogo
don Lionel Correa, con fecha 13 de enero del año 2021, informando que doña Claudia Salgado,
se encontraba embarazada de 8 semanas.- 9.- Es preciso mencionar que la contratación de la
funcionaria antes individualizada obedeció exclusivamente para ejecutar labores para el año
escolar que comenzó en marzo del año 2021 y termina en el mes de febrero del año 2022, según
cronograma del Establecimiento Educacional, y Lineamientos de U.T.P., todo ello de acuerdo al
programa de subvención escolar emanada del Ministerio de Educación para el año respectivo.-
10.- En virtud de lo anterior, la laboral prestada por la demandada ya no cumpliría con los
lineamientos y objetivos según planificación anual para el año 2022, por lo que no existe en el
Establecimiento Educacional la necesidad de mantener su contrato vigente en lo sucesivo con la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR