Funciones y temporalidad dividen opiniones en sentencia del TC por Comisión contra la Desinformación - 7 de Octubre de 2023 - El Mercurio - Noticias - VLEX 947169435

Funciones y temporalidad dividen opiniones en sentencia del TC por Comisión contra la Desinformación

Tras una prórroga de 15 días, acordada por la "complejidad de la materia", y cerca de un mes y medio desde que el pleno del Tribunal Constitucional (TC) rechazara el requerimiento del Senado respecto de la Comisión contra la Desinformación propuesta por el Gobierno, se conoció la sentencia en la que los ministros expresan sus consideraciones. La acción fue rechazada por cinco votos contra tres.En concreto, el texto detalla que la acción apuntaba a que el decreto que crea la comisión era "nulo porque, siendo su verdadera naturaleza un reglamento, debió haber sido firmado por el Presidente de la República y no por las ministras que lo suscribieron por delegación de su firma", junto con que adolecería de un "vicio de competencia por invadir el campo de la reserva legal" y, por último, que era "inconstitucional por vulnerar la libertad de expresión".Estos argumentos fueron desechados por la mayoría de los ministros, conformada por la presidenta, Nancy Yáñez, además de los magistrados Nelson Pozo, Daniela Marzi, María Pía Silva y la suplente Natalia Muñoz."Simple decreto supremo", a juicio de la mayoríaAsí, los jueces consideraron que se trata de un "simple decreto supremo" y no de un reglamento, por lo que "no se requería que este fuera suscrito por el Presidente de la República".En cuanto a una posible vulneración de la reserva legal, la sentencia señala que "al constituirse como un órgano asesor, solo busca entregar insumos a los ministros que sirve, a través de la recomendación de medidas que contribuyan al desarrollo de políticas públicas vinculadas a la desinformación, del asesoramiento para la participación de la Segegob en instancias internacionales en que se aborde tal temática y de la elaboración de informes de actividades que contengan propuestas o conclusiones, no es propiamente un órgano público".Y agregan que "bajo la tesis dominante de este requerimiento variados decretos supremos no podrían haber nacido a la vida del derecho, porque también su objetivo recaía en la creación de comisiones asesoras cuya labor consistía en elaborar informes que recogieran propuestas y recomendaciones vinculadas a derechos que -como el de la libertad de expresión e información- deben ser regulados por ley de quorum calificado".Tras esto, ejemplificaron señalando que "así sucedió, por ejemplo, con la comisión creada durante el primer gobierno de Michelle Bachelet, para pronunciarse sobre un Sistema de Seguridad Social, derecho cuya regulación...

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