Funciones de la Secretaría en una Comisión de la Convención Constitucional - Núm. 8, Noviembre 2021 - Industria Legal - Libros y Revistas - VLEX 909455631

Funciones de la Secretaría en una Comisión de la Convención Constitucional

AutorJulián Saona
CargoSecretario de reglamento de la Convención Constitucional
Páginas10-11
Funciones de la Secretaría
en una Comisión de la
Convención Constitucional.
Como parte de la salida a la crisis política y
social que vivía Chile a fines de 2019, las
principales fuerzas políticas del país
acordaron constituir una Convención cuya
misión sería la de proponer una nueva
Constitución Política para el Chile del siglo
XXI.
Establecida esta entidad, durante el año
2021, sus 155 miembros decidieron crear un
conjunto de comisiones encargadas de
deliberar y aprobar normas sobre las
materias que a cada una de ellas se les
encargó estudiar.
Estas comisiones –como ocurre
ordinariamente en todo colectivo encargado
de redactar normas- cuentan con un
Secretario que tiene el carácter de ministro
de fe en el ejercicio de sus funciones. Este
carácter es lo que lo distingue, en lo
fundamental.
El secretario de una Comisión, entonces,
cumple las labores típicas de toda secretaría
de un cuerpo normativo, es decir, adoptar las
providencias administrativas y de logística
necesarias para asegurar el funcionamiento
adecuado del grupo de trabajo; despachar
las citaciones a sesión; registrar los debates
y votaciones para, luego, extender el acta de
cada reunión; tomar el tiempouso de la
palabra por los integrantes del colectivo;
autorizar los documentos y comunicaciones
que deben firmar los coordinadores de la
Comisión; conservar y tener bajo su
inspección y custodia los documentos, entre
su funciones más relevantes.
Por las circunstancias en que surge y las
características particulares de las que se le
dotó, la Convención Constitucional aparece
como una entidad extraordinariamente
novedosa en nuestra historia institucional. En
efecto, por primera vez el llamado a redactar
la Carta Política es elegido por sufragio
popular; está compuesto paritariamente por
hombres y mujeres y cuenta, en su seno, con
un porcentaje de escaños reservados a
representantes de los pueblos originarios. Es
decir, además de lo inusual de su misión
básica, la composición del órgano es inédita.
Por estas razones, los secretarios de sus
comisiones están llamados a cumplir una tarea
trascendental: aportar al trabajo de discusión y
redacción la historia, el lenguaje, las prácticas, en
definitiva, la cultura propia del quehacer
normativo. Ello parece particularmente útil en un
universo de constituyentes que mayoritariamente
no cuentan con experiencia en redacción
normativa y proviene de campos profesionales y
socio-culturales en muchos casos distantes de la
actividad política regular. Desde otro punto de
vista, lo anterior implica, asimismo, que los
miembros de la Comisión depositan su confianza
en este funcionario.
 Si se trata de salir de una crisis, la secretaría de
las comisiones, en su medida y en su ámbito
específico, debe colaborar al orden del debate, a
la claridad de la discusión, a la seguridad de que
se cumplan los acuerdos que se adopten, a
precaver y ayudar a resolver eventuales conflictos
y, sobre todo, -si se considera la trascendencia
del cometido de las comisiones-, las
inevitablesdiscrepancias propias de una
sociedad abierta y democrática como a chilena
de a hora actual y, por tanto, las subsecuentes
confrontaciones en los debates que se susciten
en cada una de estas instancias.
Julián Saona
Secretario de reglamento de la
Convención Constitucional.

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