Fumigaciones e Higiene Ambiental Fumigal Limitada 77.425.890-6 - 25 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 866173540

Fumigaciones e Higiene Ambiental Fumigal Limitada 77.425.890-6

Fecha de publicación25 Marzo 2021
Número de registroCVE-1916075
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.914
CVE 1916075 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.914 | Jueves 25 de Marzo de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1916075
EXTRACTO
MIGUEL CHACON ZEBALLOS, Notario Público suplente del titular Ernesto Montoya
Peredo, 3° Notaria Rancagua Campos 377, certifico: Por escritura de hoy ante mí; don
LEOPOLDO ORLANDO EVRARD RUBIO, Cédula de Identidad número 3.714.065-1,
domiciliado en Avenida Central número 155, Villa Triana, comuna de Rancagua; y JEANETTE
ESTRELLA EVRARD ARRUE, Cédula de Identidad número 7.929.985-5, domiciliada en José
Mateluna número 525, comuna de Rancagua, corrigen vicio formal de extracto de escritura de
sociedad, razón social: “FUMIGACIONES E HIGIENE AMBIENTAL FUMIGAL
LIMITADA", Rut:77.425.890-6 de fecha 11 de Noviembre de 1999, saneada y modificada por
escritura de fecha 3 de Mayo de 2001, ambas otorgadas ante el Notario Público de Rancagua don
Renato Astrosa Sotomayor, inscrito a fs.149 vta. No.172 del Registro de Comercio de Rancagua
del año 2001. El vicio formal que se corrige es la omisión de establecer en el extracto publicado
en el Diario Oficial la prórroga tácita y sucesiva del plazo de duración de 5 años de la sociedad,
estableciéndose que el plazo de duración de la sociedad de 5 años puede prorrogarse tácita y
sucesivamente por periodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle
término con seis meses de anticipación a lo menos, al vencimiento del plazo inicial o de
cualquiera de sus prórrogas, mediante una declaración por escritura pública de la cual deberá
tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio. Demás
antecedentes escritura extractada. RANCAGUA, 10 Marzo del 2021.

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