Fuentes Sotelo Jaime Enrique - Inmobiliaria y Constructora Huasco S.A. - 15 de Diciembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 972376805

Fuentes Sotelo Jaime Enrique - Inmobiliaria y Constructora Huasco S.A.

Número de registroCVE-2417815
Fecha de publicación15 Diciembre 2023
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.726
CVE 2417815 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.726 | Viernes 15 de Diciembre de 2023 | Página 1 de 3
Publicaciones Judiciales
CVE 2417815
NOTIFICACIÓN
SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO, Merced 360,
Santiago. En autos RIT M-3228-2023, se ha ordenado notificar por avisos lo siguiente:
EXTRACTO DE LA DEMANDA: EN LO PRINCIPAL: Nulidad del despido; Despido
injustificado; cobro de prestaciones e indemnizaciones legales; Subcontratación; PRIMER
OTROSÍ: Acompaña documentos; SEGUNDO OTROSÍ: Solicita autorización que indica y
señala forma especial de notificación; TERCERO OTROSÍ: Patrocinio y poder. JAIME
ENRIQUE FUENTES SOTELO, trabajador, domiciliado en Freire 381, San Bernardo, a US.,
digo: Interpongo demanda contra INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA HUASCO S.A.,
representada por Daniel Ernesto Henríquez Rojas, ambos domiciliados en Avenida Américo
Vespucio Norte 2360, Vitacura, Santiago, Región Metropolitana, y solidaria o subsidiariamente,
conforme lo dispone el artículo 183-B del Código del Trabajo, según SS. determine, en contra de
ALCÁZAR INMOBILIARIA SpA., ALCÁZAR SpA. INMOBILIARIA LOS CASTAÑOS S.A.
y ALCÁZAR S.A., todos domiciliados en Del Valle Sur 650, oficina 32, Huechuraba, Santiago,
Región Metropolitana, según expongo: El 26 de septiembre de 2022, comencé a prestar servicios
personales, bajo vínculo de subordinación y dependencia para las demandadas ya
individualizadas. Función maestro pintor. Jornada Laboral: 45 horas semanales. Remuneración:
$700.000 contrato Indefinido. Fecha de despido: 2 de junio de 2023. Durante toda la vigencia de
la relación laboral, prestaba mis servicios en exclusivo beneficio de las empresas Alcázar
Inmobiliaria SpA.; Constructora Alcázar SpA.; Inmobiliaria Los Castaños S.A. y Alcázar S.A.,
para las cuales me desempeñaba como “Pintor”, prestando mis servicios en la obra denominada
Casas del Valle 2, ubicado en Avenida Eyzaguirre Nº 3150, comuna de Puente Alto. Desde un
comienzo de la relación laboral, existieron una serie de incumplimientos por parte de la
demandada. Lo anterior por cuanto, no contábamos con las condiciones sanitarias básicas, puesto
que no contábamos con un baño que cumpliera condiciones mínimas de higiene, esto debido a
que el único baño existente se encontraba siempre sucio. Siempre presentaba filtraciones de
agua, el piso se encontraba húmedo, al ir al baño salíamos con los pies mojados, tampoco
contábamos con jabón ni papel higiénico, lo cual hacía prácticamente imposible realizar nuestras
necesidades con un mínimo de condiciones de higiene y salubridad, al no poder ni siquiera
lavarnos las manos. En el mes de febrero de 2023, se realizó una denuncia ante la Seremi de
Salud, la cual concluyó en la clausura de la obra, aplicándose la medida sanitaria de prohibición
de funcionamiento a la obra, por lo anterior se dio inicio a un sumario sanitario. Ante ello, y la
nula preocupación de la demandada por nuestra salud, puesto que, pese a la clausura se nos
exigió continuar trabajando, ya que, de lo contrario, seríamos desvinculados. El 7 de marzo de
2023 se realizó fiscalización, y el 15 de mayo de 2023, se evacuó informe de fiscalización por
parte de la Dirección del Trabajo, se establecen una serie de multas por: Por no contar con
servicios higiénicos protegidos del ingreso de vectores de interés sanitario y en buenas
condiciones de funcionamiento y limpieza de sus artefactos, careciendo además de jabón líquido
para limpieza de manos, sistema higiénico desechable para el secado de manos, y papel
higiénico, situación que afecta a los trabajadores: pertenecientes a la empresa Inmobiliaria y
Constructora Huasco S.A., que trabaja en la obra Casas del Valle 2. Incumplimiento a las
condiciones legales de saneamiento básico de los lugares de trabajo e implica no tomar las
medidas necesarias para proteger la salud e higiene de los trabajadores; por no disponer de
duchas con agua caliente, no obstante que por la naturaleza del trabajo causan suciedad corporal,
situación que afecta a los siguientes trabajadores: pertenecientes a la empresa Inmobiliaria y
Constructora Huasco S.A. que trabaja en la obra Casas del Valle 2; por no contar el lugar de
trabajo con casilleros en buenas condiciones y ventilados, situación que afecta a los siguientes
trabajadores: Pertenecientes a la empresa Inmobiliaria y Constructora Huasco S.A. que trabaja en
la obra Casas del Valle 2. Ante este desolador panorama el 2 de junio de 2023 se me entrega
carta fechada 2 de mayo de 2023, las empresas mandantes y contratistas desistieron del contrato

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