Causa nº 3167/2001 (Casación). Resolución nº 16155 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 11 de Octubre de 2001 - Jurisprudencia - VLEX 32036190

Causa nº 3167/2001 (Casación). Resolución nº 16155 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 11 de Octubre de 2001

Número de expediente3167/2001
Fecha11 Octubre 2001
Número de registrorec31672001-cor0-tri6050000-tip4
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
PartesFuchs-Fannkuch Eugenio Roberto con Fusch Soc.Adm.Ltda.Y Otr

Santiago, once de octubre de dos mil uno.

Vistos:

En estos autos rol Nº 926-97 del Tercer Juzgado del Trabajo de Santiago, don E.R.F.P. deduce demanda en contra de las sociedades Fuchs Sociedad Administradora Limitada, representada por don R.B.F.; de Servicios e Inversiones Cinco S.A., representada por don T.F.F.P.; de S.A. Inmobiliaria FSI, representada por don O.F.P.; de F.L. de Ventas Limitada, de Fuchs Industrias y Productos Limitada, de F. y Comercializadora y Promociones Limitada, de Fuchs Distribuidora y Transportes Limitada y de Panificadora Los Leones, estas últimas representadas por don T. o don O.F.P. o H. o E.F.P., a fin que se declare que su despido fue injustificado y se condene a las demandadas al pago de las prestaciones que señala, más reajustes, intereses y costas.

Las demandadas, evacuando el traslado, solicitaron, con costas, el rechazo de la acción sosteniendo lo que en cada caso alegan, especialmente la inexistencia de relación laboral con el demandante quien sería socio, administrador, director y dueño de las sociedades demandadas.

El tribunal de primera instancia, en sentencia de catorce de abril de dos mil, escrita a fojas 439, rechazó la demanda en relación a la sociedad Servicios e Inversiones Cinco S.A y la acogió respecto a las demás, condenándolas a pagar indemnización sustitutiva del aviso previo y por años de servicio, esta última incrementada en un 20% y feriados legales, más intereses y reajustes, sin costas.

Se alzaron ambas partes -el actor se desistió del recurso de apelación- y recurrieron de nulidad formal las demandadas -declarada inadmisible- y una de las salas de la Corte de Apelaciones de Santiago, en fallo de cuatro de julio del año en curso, que se lee a fojas 526, confirmó la de primer grado, con la declaración en ella contenida relativa a la responsabilidad solidaria de las demandadas y al monto de la indemnización por años de servicio e imponiendo a cada parte sus costas.

En contra de esta última decisión, ambas partes deducen recurso de casación en el fondo, por haberse incurrido en infracciones de ley que han influido, a su juicio, sustancialmente en lo dispositivo del fallo, solicitando que este Tribunal la invalide y dicte una de reemplazo por medio de la cual se confirme la de primer grado y se rechace la demanda, con costas, respectivamente.

Se trajeron estos autos en relación para conocer de ambos recursos.

Considerando:

Recurso de casación en el fondo de fojas 531:

Primero

Que el recurrente denuncia la vulneración de los artículos 466 inciso segundo del Código del Trabajo en relación con los artículos 186, 189 y 201 del Código de Procedimiento Civil. Al respecto, expone que de acuerdo a esas normas la apelación debe contener las peticiones concretas que se formulan; en caso contrario, debe ser declarada inadmisible. Agrega que las demandadas pidieron que se revoque la sentencia apelada y se resuelva que se acoge la demanda interpuesta por esa parte y se rechace íntegramente la deducida de contrario, en circunstancias que dicha parte no ha deducido acción alguna.

Añade que tales inconsistencias, ambigy falta de peticiones concretas debió conducir a rechazar o declarar inadmisible la apelación, lo que no se hizo. Enseguida...

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