FRUTÍCOLA PINNINGHOFF DANIEL LIMITADA
Fecha de publicación | 08 Febrero 2021 |
Número de registro | CVE-1893062 |
Sección | Empresas y Cooperativas |
Número de Gaceta | 42.875 |
CVE 1893062 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.875 | Lunes 8 de Febrero de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1893062
EXTRACTO
RODRIGO ROJAS CASTILLO, Notario Público Titular de la Novena Notaría de
Concepción, con oficio en Avenida Michimalonco 1015, San Pedro de la Paz, certifica: Por
escritura pública de 3 de febrero de 2021, ante mí PATRICIA ELIANA DANIEL VERGARA,
don HERNÁN ALEJANDRO PINNINGHOFF JUNEMANN, ambos domiciliados en Ernesto
Pinto Lagarrigue 1361, San Pedro de la Paz y doña MARCELA PATRICIA PINNINGHOFF
DANIEL, domiciliada en William O’Reilly 3155, Fundo El Venado, San Pedro de la Paz,
constituyeron sociedad colectiva de responsabilidad limitada, al monto de sus aportes, bajo razón
social “FRUTÍCOLA PINNINGHOFF DANIEL LIMITADA”, pudiendo emplear el nombre de
fantasía “FRUTÍCOLA PD LIMITADA”.- OBJETO DE LA SOCIEDAD: Será: a) la
explotación agrícola y frutícola, por cuenta propia o ajena, de predios propios, o de terceros,
mediante la producción de toda clase de frutas o especies frutales, así como la instalación y
explotación, por cuenta propia o ajena, de viveros y planteles frutales; b) la compraventa,
importación, exportación de semillas, almácigos, plantas y árboles frutales; c) el estudio y
asesoría en todo lo relacionado con la actividad frutícola; d) la compraventa, importación y
exportación de vehículos, máquinas, herramientas, insumos, útiles, implementos y artefactos y
todo lo necesario y relacionado con viveros, plantaciones, cosecha, procesamiento, selección,
almacenaje y comercialización de la fruta, en todas sus formas; e) la exportación, importación,
distribución, venta y amplia comercialización, en el mercado nacional y extranjero, de frutas y
demás productos agrícolas, por cuenta propia o ajena; f) la realización de toda clase de negocios
relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y
exportación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría
a productores; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos
agrarios; g) realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y
percibir sus frutos o rentas, y –en general– cualesquiera otros negocios, que estén, directa o
indirectamente, relacionado en la actualidad o en el futuro, con la producción e industrialización
de la fruta; o que lo esté en el futuro; y h) en general, cualquier otro acto o negocio lícito que
derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los
socios acuerden y que sean necesarios para el cabal cumplimiento del objeto social.- CAPITAL
SOCIAL: $20.000.000, que socios aportan y enteran al contado, en dinero efectivo e ingresan en
arcas sociales, de la siguiente manera: 1) Patricia Eliana Daniel Vergara, $8.000.000, aportados
en este acto; 2) Hernán Alejandro Pinninghoff, $6.000.000, aportados en este acto; y 3) Marcela
Patricia Pinninghoff Daniel, $6.000.000, aportados en este acto.- Queda enterado así el 100% del
capital social.- ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a doña
Patricia Eliana Daniel Vergara, don Hernán Alejandro Pinninghoff y doña Marcela Patricia
Pinninghoff Daniel, quienes podrán actuar cada uno en forma conjunta, o separada,
indistintamente, pudiendo obligar a la sociedad, y podrán ejercer, por sí mismos o por intermedio
de apoderados o delegados designados especialmente al efecto.- DURACIÓN: Indefinida.-
DOMICILIO: San Pedro de la Paz.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- San Pedro de
la Paz, 3 de Febrero de 2021.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba