FRP San Martín SpA - 13 de Mayo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 868077328

FRP San Martín SpA

Número de registroCVE-1942618
Fecha de publicación13 Mayo 2021
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.953
CVE 1942618 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.953 | Jueves 13 de Mayo de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1942618
EXTRACTO
CAROLINA MORENO JASHES, Notaria Publica de la comuna de Caldera, con domicilio
en calle Edwards Nº450, Caldera, CERTIFICO: que por escritura pública de fecha 05 de Mayo
de 2021, Repertorio Nº269-2021, ante mí, don CLEMENTE DEL CARMEN SAN MARTÍN
ACUÑA, chileno, casado bajo el régimen de sociedad conyugal, factor de comercio, C.N.I.
N°11.111.844-2, domiciliado en Edwards número doscientos cuarenta y siete, Caldera, Provincia
de Copiapó, Región de Atacama. Constituyo sociedad por acciones. Nombre: “FRP San Martín
SpA”. El objeto: a) Fabricación de productos industriales y comerciales a base de plásticos
reforzados en fibra de vidrio; b) revestimientos industriales a base de plásticos reforzados en
fibra de vidrio; c) mantención y reparación de equipos y productos en base a plásticos reforzados
en fibra de vidrio; d) compra y venta de productos relacionados a plásticos reforzados en fibra de
vidrio, fabricación de embarcaciones navales en plástico reforzado en fibra de vidrio; e)
Mantención y reparación de naves, en dique y a flote, inspecciones y asesorías en aspectos
relacionados; f) Diseño, construcción naval y de estructuras submarinas en acero, fibra de vidrio
u otro tipo de materiales; g) Compra, venta, permuta, importación, exportación, intermediación,
fabricación y distribución de máquinas y equipos, así como la representación de firmas, empresas
o productos nacionales o extranjeros; h) Mantenimiento de maquinaria y equipos, reparaciones,
suministro de piezas, repuestos y accesorios; i) Arrendamiento de máquinas y equipos, propios o
ajenos; j) Fabricación y reparación de maquinarias, equipos y herramientas de uso general y
fabricación y reparación de maquinarias de uso especial; k) Construcción y reparación de
buques, astilleros, embarcaciones menores, de recreo, de deportes y, en general, fabricación y
reparación de equipos de transportes; l) En general, la ejecución de todos los actos, la celebración
de todos los contratos y la realización de cualquier otra actividad que se relacione, en la
actualidad o en el futuro, con el objeto social, y cualquier otra actividad que acordaren los socios,
pudiendo, para el cumplimiento de su giro, asociarse con otras personas naturales o jurídicas,
nacionales o extranjeras. El capital: $5.000.000.- dividido en cien acciones nominativas, todas de
una misma y única serie y sin valor nominal, es suscrito y pagado en este acto por el accionista
constituyente, en la siguiente forma: a) Con la suma un millón de pesos, que entera al contado y
en dinero efectivo, ya ingresado en caja social; b) Con la suma de cuatro millones de pesos, que
enterará en dinero efectivo, dentro del plazo de tres años contados a partir de la fecha de la
escritura pública de constitución, en la medida que las necesidades sociales lo requieran.
Domicilio: El domicilio de la sociedad será la Caldera, Provincia de Copiapó, Región de
Atacama, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en cualquier otro
lugar del país y/o en el extranjero. Duración: Indefinida. Administración y uso de la razón social:
le corresponderá a CLEMENTE DEL CARMEN SAN MARTÍN ACUÑA, ya individualizado,
quien actuará en representación de la Sociedad con todas y cada una de las facultades contenidas
en el Artículo Décimo Sexto de estos estatutos, sin limitaciones de ninguna especie. Demás
estipulaciones en escritura extractada. Caldera, 10 de Mayo del año 2021.

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