Frontera SpA - 13 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 878054786

Frontera SpA

Fecha de publicación13 Noviembre 2021
Número de registroCVE-2041102
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.102
CVE 2041102 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.102 | Sábado 13 de Noviembre de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2041102
EXTRACTO
GUSTAVO MONTERO MARTI, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 48
Notaría de Santiago de don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, con oficio en Avenida
Apoquindo N°3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública de
fecha 5 de noviembre de 2021, repertorio N° 17.284/2021, ante mí, don Juan Francisco
Mackenna García-Huidobro, cédula nacional de identidad N° 7.313.324-6, constituyó una
sociedad por acciones (la “Sociedad”) de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre:
“Frontera SpA”. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda
establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración:
Indefinida. Objeto La Sociedad tiene por objeto el desarrollo, construcción, explotación,
operación y mantenimiento, por cuenta propia o ajena, de proyectos de generación de energía
eléctrica en base a distintas fuentes, incluyendo energías renovables no convencionales, y de
plantas de producción de hidrógeno y de sus subproductos o derivados, como asimismo, la
transmisión de energía eléctrica, en general. Para tales efectos, la Sociedad podrá llevar adelante
estudios, mediciones, prospecciones y demás actividades necesarias para desarrollar, construir,
operar y mantener proyectos de generación de energía de fuentes renovables no convencionales
e, igualmente, plantas de producción de hidrógeno, sus subproductos o derivados, como
asimismo desarrollar, construir, operar y mantener todas las instalaciones, obras, plantas, líneas
de transmisión, subestaciones, y caminos necesarios para la generación y transmisión de
electricidad y todas las instalaciones, componentes y sistemas necesarios para la producción y
almacenamiento de hidrógeno y de subproductos o derivados del hidrógeno; el estudio y la
ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería; gestión, dirección y administración
de proyectos de generación de energía y de producción de hidrógeno y sus subproductos o
derivados; la prestación de asesorías y consultoría en materias energéticas; el estudio e
investigaciones relacionadas con la producción de hidrógeno y sus subproductos o derivados,
incluyendo sus componentes y sistemas, y el fomento de su aplicación mediante la difusión de
las tecnologías necesarias para su desarrollo; la adquisición, producción, generación,
explotación, distribución, suministro, comercialización y transporte de todo tipo de energía, de
hidrógeno, sus subproductos o derivados; realizar todas las demás construcciones y obras
complementarias para tales efectos; comprar, vender, importar, exportar y comercializar bienes o
insumos relacionados con la generación y transmisión de energía eléctrica y con la producción de
hidrógeno, sus subproductos o derivados; y efectuar y desarrollar toda clase de inversiones
relativas a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación,
comercialización y administración que digan relación con el objeto principal. La Sociedad podrá
desarrollar además cualquier otra actividad que determinen los accionistas. Capital: El capital de
la sociedad es de $1.000.000 dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal
y de una misma serie, las que se suscriben por su único accionista Juan Francisco Mackenna
García-Huidobro, y quedan pendientes de pago, debiendo ser pagadas en dinero efectivo en el
plazo máximo de cinco años contados desde la fecha de constitución de la Sociedad, de
conformidad al artículo primero transitorio de los estatutos. Demás estipulaciones constan de
escritura extractada. Santiago, 8 de noviembre de 2021. Gustavo Montero Marti. Notario Público
Suplente.

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