Decreto núm. 70, publicado el 20 de Marzo de 1997. OTORGA A FRONTEL CONCESION DEFINITIVA DE SERVICIO;PUBLICO DE DISTRIBUCION EN LA VIII REGION
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA A FRONTEL CONCESION DEFINITIVA DE SERVICIO
PUBLICO DE DISTRIBUCION EN LA VIII REGION
Núm. 70.- Santiago, 11 de febrero de 1997.- Visto: Estos antecedentes y lo dispuesto en los artículos 11º y 28º del D.F.L. Nº 1, de 1982, del Ministerio de Minería, y en la Ley Nº 18.410.
D e c r e t o:
Otórgase a la Empresa Eléctrica de la Frontera S.A. concesión definitiva para establecer, operar y explotar en la VIII Región, provincia de Ñuble, comuna de Bulnes, una línea de distribución de energía eléctrica denominada Bulnes - Puente Nebuco, según plano PP Nº C-2987-1, de la referida empresa.
El objetivo de estas instalaciones será suministrar energía eléctrica en la zona de concesión que se define en el artículo 7º del presente decreto.
Copias del plano general de las obras, de la memoria explicativa de las mismas y de los demás antecedentes técnicos, que pasan a formar parte del presente decreto, quedarán archivadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
Reconócese el derecho a usar bienes nacionales de uso público para tender líneas aéreas y subterráneas destinadas a la distribución en la zona de concesión, en los términos del artículo 16º del D.F.L.
Nº 1, de 1982, del Ministerio de Minería.
La línea podrá atravesar los ríos, canales, las líneas férreas, puentes, acueductos, cruzar calles, caminos y otras líneas eléctricas. Estos cruzamientos se ejecutarán en conformidad con las prescripciones que establecen los reglamentos, de manera que garanticen la seguridad de las personas y propiedades.
La zona de concesión se encuentra demarcada en las cartas aerofotograméticas del Instituto Geográfico Militar Nº 3630-7215 Bulnes y 3630-7200 Chillán, y será la delimitada por los siguientes deslindes:
Límite Norte: La ordenada 5.944 km, desde su intersección con la abscisa 749 km (punto A) hasta su intersección con la abscisa 752 km (punto B).
Límite Este: La abscisa 752 km. desde el punto B hasta su intersección con la ordenada 5.941 km (punto C), continuando por una línea recta que une este último...
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