Decreto 41 - DESIGNA AL TESORERO GENERAL DE LA REPÚBLICA, DON SERGIO GUILLERMO FRÍAS CERVANTES, COMO REPRESENTANTE DEL FISCO DE CHILE PARA SOLICITAR AL DIRECTORIO DE LA EMPRESA PERIODÍSTICA LA NACIÓN S.A. QUE CONVOQUE A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
Emisor | SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 10 de Octubre de 2012 |
DESIGNA AL TESORERO GENERAL DE LA REPÚBLICA, DON SERGIO GUILLERMO FRÍAS CERVANTES, COMO REPRESENTANTE DEL FISCO DE CHILE PARA SOLICITAR AL DIRECTORIO DE LA EMPRESA PERIODÍSTICA LA NACIÓN S.A. QUE CONVOQUE A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
Núm. 41.- Santiago, 4 de septiembre de 2012.- Visto: Lo establecido en el artículo 32 Nº 10, de la Constitución Política de la República; en el artículo 6º del DFL Nº 1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 18.046, sobre Sociedades Anónimas y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Decreto:
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- Desígnase al Tesorero General de la República, don Sergio Guillermo Frías Cervantes, cédula nacional de identidad Nº 6.605.227-9, como representante del Fisco con suficientes y amplios poderes para que solicite al Presidente del Directorio de la Empresa Periodística La Nación S.A. que dicho Directorio convoque a Junta General Extraordinaria de Accionistas con el objeto de pronunciarse sobre la siguiente tabla:
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Someter a la aprobación de la Junta Extraordinaria de Accionistas la disolución anticipada de la sociedad, la posterior liquidación de sus bienes y la realización de todos los actos jurídicos necesarios para la completa y correcta disolución y liquidación de Empresa Periodística La Nación S.A.
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Conforme lo dispone el artículo 44 de los Estatutos Sociales, someter a la aprobación de la Junta Extraordinaria de Accionistas, que la liquidación la practique una Comisión Liquidadora compuesta por siete miembros, integrada por los actuales 7 directores. En subsidio, y para el caso que lo anterior no sea aprobado, proponer a la Junta Extraordinaria de Accionistas que la liquidación la practique una Comisión Liquidadora compuesta por 3 miembros, conforme lo establece el artículo 111 de la Ley 18.046 Sobre Sociedades Anónimas, y acordar la designación de los integrantes de dicha comisión.
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Someter a la aprobación de la Junta Extraordinaria de Accionistas que los liquidadores duren en sus funciones un plazo máximo de 3 años.
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Someter a la aprobación de la Junta Extraordinaria de Accionistas la remuneración que recibirán los miembros de la Comisión Liquidadora.
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Agregar al nombre o razón social de la sociedad las palabras "en liquidación".
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Tratar todas las materias pertinentes y necesarias para la disolución y liquidación de...
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